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Manos Limpias contra Garzón o la ?impopular? acción popular

Juristas, abogados y políticos consultados por Efe discrepan acerca de la necesidad de limitar o eliminar la figura de la acusación popular, que nació para ?democratizar? y equilibrar un proceso en el que el fiscal puede verse influido por los intereses del Gobierno de turno.

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  • El juez Baltasar Garzón (c), a su salida este viernes de la AN, minutos después de ser suspendido. -
Juristas, abogados y políticos consultados por Efe discrepan acerca de la necesidad de limitar o eliminar la figura de la acusación popular, que nació para “democratizar” y equilibrar un proceso en el que el fiscal puede verse influido por los intereses del Gobierno de turno.

Si Garzón va finalmente a sentarse en el banquillo es porque el Tribunal Supremo (TS) permitió al sindicato ultraderechista Manos Limpias ejercer un derecho reconocido en la Constitución, que en su artículo 125 dice que “los ciudadanos podrán ejercer la acción popular (...)” en la forma que la ley determine.

Es decir, en España, cualquier ciudadano, aunque no sea directamente perjudicado, puede personarse como acusación popular, distinta a la particular que ejerce el afectado por el supuesto delito y a la del fiscal.

Hay quien, como el diputado del PNV Emilio Olabarría, cuestiona que personas sin ninguna relación con el delito puedan ser acusación y acceder a la información de los sumarios, que pueden vender o facilitar a los medios o incluso utilizarla para dañar a los afectados.

Olabarría es partidario de que la acción popular desaparezca y no le asusta una reforma constitucional: “Si hay que reformar la Constitución, se reforma. Esa figura se creó para democratizar la Justicia y se ha convertido en una perversión jurisdiccional”.

Por contra, los defensores de la acción popular la ven como una garantía en la defensa de intereses colectivos.
Teodoro Mota, presidente de la Asociación Libre de Abogados, que ejerció la acción popular en el caso GAL, defiende su utilidad para paliar los defectos de un sistema en el que el fiscal está sometido jerárquicamente al Gobierno.

Es mejor, según Mota, asumir como “mal menor” la excepción de alguna instrumentalización que restringir un derecho constitucional.

“La experiencia histórica ha demostrado –añade– que su ejercicio ha sido más beneficioso que perjudicial”.
Poco más ha previsto el legislador sobre la acción popular, a la que se refieren la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para afirmar que la acción penal es pública y pueden ejercitarla “todos los españoles”, y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que señala que “los ciudadanos de nacionalidad española” podrán ejercerla en los casos establecidos legalmente.

El Gobierno pretendía aprobar antes de fin de año una reforma de la LECrim, cuyo borrador ya está muy avanzado, que dejaría la instrucción en manos del fiscal y podría “restringir” el ejercicio de la acción popular.

El propio ministro de Justicia, Francisco Caamaño, a propósito de las querellas contra Garzón, reconocía hace unas semanas que le planteaba muchísimos problemas desde el punto de vista jurídico y político que la acusación popular tenga márgenes tan amplios.

Y fue más lejos el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, al exigir cambios en la ley para acabar con las “fiscalías paralelas” portadoras de “intereses espurios” que ponen en jaque a la Justicia.

“Están tratando de asfixiar a la acción popular porque les resulta incómodo el papelón del fiscal, que mira para otro lado, y le estamos quitando protagonismo”, afirma el secretario general de Manos Limpias, Miguel Bernard.

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