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El Gobierno municipal descarta "causa de nulidad" en el plan de ajuste

Asegura "negociaciones" para aplicarlo

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El Gobierno popular del Ayuntamiento de Sevilla ha descartado este jueves cualquier "causa de nulidad" en el plan de ajuste acordado por la Corporación hispalense, para acogerse a la línea de financiación estatal destinada a saldar las deudas de las administraciones con sus proveedores. Ante el escrito de impugnación promovido por vía administrativa por la unión provincial de CCOO, el Gobierno municipal asegura que la consumación del plan de ajuste estará sujeta a las "negociaciones" oportunas con el conjunto de la plantilla.

   El Ayuntamiento ha defendido en un comunicado que "los derechos de los interesados", en este caso los trabajadores del Ayuntamiento, "no se ven afectados" por el plan de ajuste "puesto que aún no se ha adoptado medida alguna". "Una vez que finalicen las negociaciones  será cuando entre en vigor", defiende el Gobierno municipal, que se compromete a "velar por la salvaguarda de los derechos de audiencia y demás que prevea en cada caso la legislación vigente". "No concurre por tanto causa de nulidad alguna en la aprobación del plan de ajuste", dice el Ayuntamiento.

   Este plan de ajuste contempla una reducción salarial del cinco por ciento en las plantillas de Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam) y la empresa de limpieza urbana Lipasam, así como en el personal laboral del Instituto Municipal de Deportes (IMD). Se trata, en cualquier caso, de trabajadores que habían escapado de la rebaja salarial consumada en 2010, en el marco de todo el sector público español. Gracias a este recorte salarial, así, el Consistorio prevé ahorrar cerca de 6,7 millones de euros.


   Igualmente, este plan recoge la aplicación de la jornada laboral de 37,5 horas en la plantilla municipal al objeto de ahorrar 24,6 millones de euros entre 2012 y 2014. En la misma línea, el Consistorio mantendrá su tasa de reposición de efectivos a cero salvo en los servicios esenciales para ahorra 22,9 millones de euros hasta 2014. También en este capítulo, el plan de ajuste suprime la aplicación del convenio colectivo del Ayuntamiento para el personal contratado con cargo a programas asumidos por la Administración local pero ajenos a ella en su génesis. También en este plan figura la disolución de la sociedad municipal 'DeSevilla Giralda TV' y de la agencia de desarrollo económico 'Sevilla Global'.

   Al respecto, el Gobierno municipal señala las reducciones salariales serán acometidas "en el seno de la negociación colectiva de cada entidad", toda vez que "en el caso concreto del IMD, ya se aplicó junto al resto del personal y por tanto no volverá a aplicarse".

   El Gobierno municipal defiende que la jornada laboral ampliada y la aplicación de la tasa cero de reposición de efectivos "constituyen medidas previstas en el proyecto de Ley de los Presupuestos Generales para el Estado (PGE) para 2012 y su aplicación, cuando esta ley entre en vigor, constituye una obligación para todas las administraciones públicas, al tener las normas que las recogen la naturaleza de legislación básica estatal".

   En cualquier caso, "si las condiciones concretas de aplicación de la medida están sujetas a negociación sindical, la misma se llevará a cabo, como no puede ser de otro modo, constando que así se está haciendo por parte de esta Corporación", dice el Gobierno municipal del PP.

   En cuanto a la disolución de 'Giralda TV' y 'Sevilla Global', se trata de "medidas obligatorias por la situación de las mismas" y el Gobierno municipal asegura que ambas disoluciones estarán sujetas a "los acuerdos oportunos". "En lo que afecte a los empleados de las mismas, se negociará con la parte social en la forma establecida en la legislación vigente", dice el Gobierno municipal.

   Asimismo, defiende el Gobierno municipal del PP que la no aplicación del convenio colectivo a los trabajadores contratados con cargo a programas, "requiere la modificación del actual convenio colectivo, modificación que debe llevarse a cabo en el seno de la  negociación colectiva". Por este motivo, "no se ha cuantificado la medida hasta que no se cumpla esta condición, no produciéndose por tanto vulneración alguna de los derechos de los trabajadores".

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