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"Masivo" seguimiento de la huelga en Mercasevilla y el comité lamenta el "ninguneo" de Zoido

La plantilla critica que haya sido vendido pescado antes del horario reglamentario y sin las necesarias inspecciones veterinarias

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Los trabajadores del mercado central de abastos hispalense, Mercasevilla, han secundado la madrugada de este viernes de forma "masiva" el nuevo paro técnico convocado contra la liberalización de los servicios que la plantilla presta en la lonja de pescado, extremo que afecta a un centenar de los 198 empleados. El comité de empresa, no obstante, avisa de que ha sido vendido pescado antes del horario estipulado e incluso sin que "buena parte" del género hubiese sido sometido a la inspección veterinaria. El comité, además, critica que el alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido, esté "ninguneando" a la plantilla al no haberse pronunciado sobre el destino de los trabajadores afectados, que serían sometidos a un nuevo expediente de regulación de empleo (ERE).

   Los servicios mínimos, de dos trabajadores para cada uno de los turnos de vigilancia y mantenimiento, así como tres empleados para la guardería, han sido respetados y no han surgido incidentes durante esta nueva jornada de huelga, según explica el comité de empresa en un comunicado. La representación de la plantilla, no obstante, avisa de un "caos en la organización y funcionalidad" de la lonja de pescado al haber sido vendido género antes del horario estipulado por los reglamentos e incluso sin que "buena parte" de él hubiese sido sometido a las inspecciones veterinarias. Por último, el comité de empresa critica el "ninguneo" de Juan Ignacio Zoido al no haber aclarado el futuro de los trabajadores sobre los que pesa la amenaza del ERE.

EXPEDIENTE EN LA COMISIÓN EUROPEA

   La liberalización de la lonja de Mercasevilla parte de un informe elaborado por Luis Enrique Flores, secretario general del Ayuntamiento y del consejo de administración de Mercasevilla, merced a los requerimientos de la Comisión Europea. Esta institución, según el Ayuntamiento, resolvió el 11 de agosto de 2011 incoar un expediente por un posible caso de "monopolio" en torno a los servicios que Mercasevilla impone y cobra a los mayoristas de pescado.

   Porque en junio de 2010, la directiva de la asociación de mayoristas de pescado de Mercasevilla elevó a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo un escrito sobre la supuesta "vulneración" de cuatro normas recogidas en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el caso de los servicios que el mercado central de abastos grava a estos empresarios por servicios como la facturación o el transporte y manipulación del género, todos ellos prestados a través de la plantilla de la propia sociedad mixta. Estos gravámenes fueron censurados por el Tribunal de Defensa de la Competencia a través de una resolución emitida en 2002 e incluso ratificada en 2006 por una sentencia de la Audiencia Nacional (AN).

EL PRONUNCIAMIENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO

   El Parlamento Europeo, en el seno de su Comisión de Peticiones, examinó el caso y concluyó que "el suministro obligatorio de servicios previo pago" que pesa sobre los mayoristas de pescado de Mercasevilla "podría incidir en la libertad de establecimiento". Laetitia Lecesne, responsable de Servicios de Empresa en las instituciones comunitarias, señalaba durante el debate plenario celebrado en junio de 2011 que estos cobros serían "susceptibles" de incompatibilidad con el artículo 49 del Tratado de la Unión Europea, que consagra el principio de libertad de empresa.

   Así, y merced a los "requerimientos", el pasado 7 de mayo el secretario general del Ayuntamiento emitió un informe jurídico que concluye que los reglamentos de prestación de servicios y régimen interior de Mercasevilla necesitan una "profunda revisión" y que los servicios a prestar "en régimen de monopolio" habrán de estar circunscritos exclusivamente a los servicios públicos o comunes, con lo que "el resto de servicios deben ser liberalizados". El comité de empresa, de su lado, defiende que no pesan resolución definitivas sobre este conflicto y que el mencionado informe fue elaborado expresamente para justificar esta operación, toda vez que el derecho comunitario sería "inaplicable" en este caso al estar la empresa exclusivamente sujeta a la "regulación estatal".

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