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Desestimada la demanda de un extrabajador del Ayuntamiento de Armilla por acoso

De este modo, el Alto Tribunal andaluz ha confirmado la sentencia que ya dictó en este sentido el Juzgado de lo Social 3 de Granada, el cual declaró la inexistencia de la vulneración de derechos fundamentales que denunció el exempleado

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado la demanda interpuesta por un extrabajador del Ayuntamiento de Armilla (Granada) que consideró vulnerados sus derechos y alegó acoso moral, implicando en su denuncia a dos concejales.

   De este modo, el Alto Tribunal andaluz ha confirmado la sentencia que ya dictó en este sentido el Juzgado de lo Social 3 de Granada, el cual declaró la inexistencia de la vulneración de derechos fundamentales que denunció el exempleado, que desempeñaba el cargo de jefe del Servicio de Deportes, Juventud y Fiestas durante el mandato de la anterior corporación local.

   Tenía un contrato de libre designación de duración determinada, cargo que seguía desempeñando en la presente legislatura, manteniendo las mismas condiciones y económicas. No obstante, y tras reiteradas bajas por diversos motivos --vacaciones, días de asuntos propios y bajas por incapacidad temporal-- decidió demandar al Ayuntamiento, que informa este miércoles en una nota de la resolución judicial.

   El titular del citado juzgado indica en la sentencia que "no se ha acreditado que el actor hubiere sido desautorizado, ni sufrido hostigamiento psicológico o moral, ni trato vejatorio alguno, ni insultos por parte de sus superiores o compañeros", comportamientos todos que, según añade, deben concurrir necesariamente para que pueda hablarse de acoso moral.

   El Ayuntamiento de Armilla ha mostrado su satisfacción por este fallo judicial y ha resaltado que "este hecho aislado no puede empañar la extraordinaria labor y desempeño de funciones que realizan los empleados del consistorio cada día".

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