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23/06/2024  

Huelva

Autorizan nueva pericial de restos óseos del doble crimen de Almonaster en 1993

El objetivo de esta prueba, que se solicitó a raíz del error en el análisis de los restos óseos que se produjo en el caso de la desaparición de los hermanos Ruth y José el 8 de octubre del 2011 en Córdoba, es revisar el trabajo realizado en su día por la Policía Científica

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El Juzgado de Instrucción número 1 de Aracena ha autorizado, conforme a la petición de la defensa de Genaro Ramallo, acusado de la muerte en 1993 de su mujer, M.C.E., y de su hijo en una finca de su propiedad en Almonaster la Real, un nuevo análisis sobre los restos óseos hallados en dicha finca.

Según han confirmado a Efe fuentes judiciales, esta contrapericial se realizará los próximos 11 de abril en el Instituto de Medicina Legal de Huelva a cargo de la catedrática de Medicina Legal, Toxicología y Psiquiatría de la Universidad de Granada María Castellano, y su compañero de departamento Enrique Villanueva Cañadas

El objetivo de esta prueba, que se solicitó a raíz del error en el análisis de los restos óseos que se produjo en el caso de la desaparición de los hermanos Ruth y José el 8 de octubre del 2011 en Córdoba, es revisar el trabajo realizado en su día por la Policía Científica para ver si se puede dar respuestas a una serie de preguntas como si hay rastros de ADN o el día y la hora de la muerte.

Las fuentes han indicado que para "evitar problemas con la cadena de custodia de los huesos" estarán presentes durante el análisis agentes del Grupo de Homicidios de la Policía Judicial de Sevilla que fueron los que llevaron el caso y hallaron los cadáveres en la finca de Huerta del Cura de la aldea de Calabazares propiedad de Ramallo en el verano de 2011.

Asimismo, han precisado que además de los restos óseos los expertos procederán al análisis de las muestras de tierra que la policía tomó en la finca cuando aparecieron los cuerpos.

La autorización se ha producido después de que la Audiencia Provincial de Huelva admitiera el recurso de reforma presentado por la defensa de Ramallo contra la decisión del juzgado instructor que rechazó en su día la petición por entender que redundaría en un trabajo que consideraba que "ya está hecho".

La Audiencia entendió que conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal esta parte podía solicitar la realización de esta pericial contradictoria.

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