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El Ayuntamiento estudia recurrir el fallo del juez que llama "burros" a políticos, al que se podría sancionar

El decano de los abogados cree que "más coloquial que esta sentencia habrá pocas" y el trabajador lamenta haber sido "la percha de 'guantás'"

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El Ayuntamiento de Córdoba estudia recurrir la sentencia laboral del juez del Juzgado de lo Social número 2, Manuel Oteros, quien califica de "burros" a todos los políticos, algo por lo que el juez decano, José Carlos Romero Roa, considera que "se puede abrir expediente" al magistrado, aunque aclara que "cualquiera que se crea aludido puede elevar una queja al Poder Judicial".

   En concreto, fuentes municipales han confirmado a Europa Press la intención del Consistorio de presentar recurso contra el fallo que anula un despido de un empleado del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba (Imdecor), que fue suspendido de empleo y sueldo durante tres años. Al respecto, según precisa la prensa provincial, se estudia presentar un recurso ante el propio juzgado o solicitar la nulidad completa de las actuaciones.

   Mientras, Romero Roa, quien resta importancia a la sentencia, reconoce que en ella aparecen "párrafos algo llamativos", y aunque no ha leído por completo la sentencia, el decano insiste en que para hacer una valoración hay que hacer "una lectura en conjunto" del fallo e incide en que "se ha magnificado".

   Asimismo, el decano del Colegio de Abogados de Córdoba, José Luis Garrido, señala que el poder judicial "recomienda a los jueces que se expresen en lenguaje coloquial y más coloquial que esta sentencia habrá pocas", a lo que añade que en las sentencias se debe "hablar de realidades", y aunque "no entramos en el contenido, que es labor de los jueces, y respetamos todas las resoluciones", en esta ocasión, a su juicio, "está en un lenguaje muy claro".

   Por su parte, el trabajador municipal al que ha absuelto la sentencia, Rafael Bocero, ha lamentado este miércoles que ha sido "la percha de las 'guantás'", al tiempo que destaca que el juez ha hecho un "recorrido ajustado" de los hechos y dice que se siente "aliviado".

   Entretanto, el alcalde de Córdoba, José Antonio Nieto, tras ser cuestionado por dicha sentencia laboral, ha manifestado que respeta las sentencias de los tribunales, "aunque algunas son complicadas hasta de leer".

LA SENTENCIA

   En este sentido, la sentencia deja sin efecto una sanción de tres años de suspensión de empleo y sueldo impuesta a un trabajador del Instituto Municipal de Deportes de Córdoba, por una falta muy grave consistente en un notorio incumplimiento de las funciones esenciales al puesto de trabajo, por redactar un proyecto con ausencia de los documentos esenciales y por negociar y aprobar precios contradictorios con el adjudicatario de unas obras para la construcción de un campo de fútbol de césped artificial en Cerro Muriano, entre otras faltas que ahora ha revocado el juez.

   Para el juez, queda probado que la actuación del empleado del Imdecor "es más demostrativa de ingenuidad y candidez que de cualquier otra cosa", a lo que añade que en esta circunstancia "se cumple el proverbio que dice que cuando se pelean los burros..., y eso es lo que da la impresión a este juzgador, que los burros se han peleado y paga el arriero, que en este caso no es otro que el empleado público".

   Además, añade que la "obligación de los burros --entiéndase con todos los respetos para con los equinos--, en este caso los políticos todos, hubiera sido cumplir lo pactado", es decir, "lograr la financiación para la obra de forma coordinada entre la Junta y el Ayuntamiento dentro de los plazos que se habían previsto", y "si sabían que no podían cumplir, no haber firmado el convenio".

"UN INDIGNADO MÁS"

   También, indica que el problema para el trabajador surgió "cuando los que le tenían que dar cobertura --los burros-- han cambiado" tras las elecciones municipales del año 2011, "y no solo no se la dan --ni siquiera quien oír sus explicaciones--, sino que recibe los palos que iban dirigidos a otros". El juez no encuentra en la conducta del sancionado "ningún género de intencionalidad en la causación de un perjuicio a la administración, ni ningún daño al interés público, ni negligencia de clase alguna, sino al contrario, y no siendo la candidez una falta muy grave y ni siquiera grave o leve", por lo que estima la demanda presentada por el trabajador, y recuerda "a los burros que más les valdría a los arrieros, que somos todos, que se dejaran de pelear y se pusieran a andar".

   En cualquier caso, el juez reconoce que "quizás se esté extralimitando", pero se califica como un "indignado más que se toma la licencia de hacer los anteriores comentarios con la libertad que da el tener que someterse antes de que se notifique la sentencia a intervención quirúrgica --la quinta en siete meses-- y no saber si podrá oír las críticas que con toda seguridad le vendrán".

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