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El TSJA falla a favor de la ampliación del concierto de educación infantil de un centro malagueño

Por este motivo, continúa, ante la "denegación sistemática" por parte de la Administración, el centro "se vio abocado a recurrir a los Tribunales, acudiendo a la letrada Carmen Mora de la Rosa, asesora jurídica de CECE Andalucía, para encomendarle la dirección letrada del pleito"

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado por allanamiento de la Administración de la Junta de Andalucía, el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la orden de la Consejería de Educación de 25 de julio de 2012, en la medida en que "deniega" al Colegio de La Reina de Málaga la ampliación del concierto solicitado en una unidad más para segundo ciclo de Educación Infantil para el curso 2012/2013.

   El secretario general de la Federación Andaluza de Centros de Enseñanza Privada (CECE), Rafael Caamaño, explica a Europa Press que el departamento que dirige Mar Moreno "se venía negando a ampliar el concierto de educación infantil" al Colegio La Reina de Málaga, "centro concertado de dos líneas y que sólo tenía concertada una en infantil", a pesar de la "demanda social acreditada por este centro" asociado a la patronal de centros privados de Andalucía.

   Por este motivo, continúa, ante la "denegación sistemática" por parte de la Administración, el centro "se vio abocado a recurrir a los Tribunales, acudiendo a la letrada Carmen Mora de la Rosa, asesora jurídica de CECE Andalucía, para encomendarle la dirección letrada del pleito".

   "Lo más llamativo del caso es que han sido los propios letrados de la Junta de Andalucía los que han manifestado su conformidad con la pretensión del centro allanándose a la demanda", señalan desde CECE, toda vez que indican que de este modo los magistrados "reconocen el derecho del centro a concertar una unidad más de la que tiene en la actualidad y al pago de las cuantías correspondientes a la referida unidad".

   Así, desde CECE-A muestran su "satisfacción" por este nuevo fallo, que "da la razón al centro y anula la Orden de la Consejería, reconociendo la obligación de ayuda a los centros que cumplen con los requisitos necesarios para ello y el derecho de los padres a elegir", concluyen.

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