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Lunes 01/07/2024  

Rota

PSOE e IU presentan una moción conjunta para permitir a los ciudadanos su intervención en el Pleno

Proponen modificar el artículo 141 del Reglamento Orgánico de Funcionamiento del Ayuntamiento, para facilitar la participación de los vecinos "comprometidos por su localidad"

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  • Pleno municipal. -

Los dos grupos políticos de la oposición local, PSOE e Izquierda Unida, han dado a conocer la presentación de una moción conjunta a través de la cual solicitan al Ayuntamiento una modificación puntual del artículo 141 de su Reglamento Orgánico, por el cual se regula la participación de los ciudadanos en los Plenos municipales.

Los portavoces de PSOE, Encarna Niño, e Izquierda Unida, Antonio Franco, explican en dicha moción que desde ciertos sectores ciudadanos, movimientos y asociaciones, "se exige participación en la vida política, de manera que no sólo quede constreñida cada cuatro años en las elecciones".

Los partidos políticos proponentes consideran "fundamental" que se apoye y facilite la intervención de los ciudadanos que se preocupan de la gestión política, ya que "es señal de que están comprometidos por su localidad y quieren intervenir en la mejora de la misma aportando sus conocimientos e ideas e implicándose en un proyecto común. Debemos atender las necesidades de los ciudadanos de Rota que desde la buena voluntad y prestándonos su tiempo quieren participar en los asuntos del municipio, ya sea con propuestas o con sus preguntas".

PSOE e IU acuden para dar base a su petición al capítulo II del Real Decreto 2586/1986 de 28 de Noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y que trata sobre la Información y Participación Ciudadana. El artículo 228 punto 2 de dicho Real Decreto expresa: “Terminada la sesión del Pleno, el Alcalde puede establecer un turno de ruegos y preguntas por el público asistente sobre temas concretos de interés municipal. Corresponde al Alcalde ordenar y cerrar este turno”.

"Analizando el texto de este artículo, podremos comprobar que existe una diferencial sustancial con el artículo 141 del Reglamento Orgánico de Funcionamiento, en el momento en que, el artículo 228 punto 2 del Real Decreto no exige ningún requisito a la hora de formular las preguntas por parte del público asistente", explican los proponentes, que comparan dicho texto con el artículo 141 del ROF, que expresa: “aquellos que quieran intervenir sobre alguno de los asuntos tratados en el Orden del Día del Pleno....”.

"Esta diferencia de criterio entre el artículo 228 del Real Decreto y el artículo 141 de nuestro ROF, ha ocasionado que a vecinos y asociaciones se les haya negado la palabra, una vez acabado el pleno, por considerarse que sus planteamientos no correspondían con ningún punto del orden del día tratado en el pleno en cuestión", aseguran desde PSOE e IU, recordando algunas intervenciones frustradas del Bloque Ciudadano, Primavera Andaluza, u otros partidos y entidades locales que han querido intervenir en los Plenos y a los que se les ha denegado por esta cuestión.

Así, los partidos proponentes solicitan al equipo de Gobierno que se modifique el texto del artículo 141 del ROF, quedando expresado como sigue: “aquellos ciudadanos que quieran intervenir en el Pleno, habrán de solicitarlo al Alcalde por escrito, con antelación mínima de cuarenta y ocho horas antes de la celebración del mismo. Una vez finalizada la sesión plenaria se abrirá el turno de intervenciones que hubiesen sido solicitadas, no superando éstas el número de cuatro y los cinco minutos de tiempo”.

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