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Jaén

La defensa del condenado por abusar de su sobrina menor en Torredelcampo recurrirá la sentencia

Para Alfredo López, la sentencia de la Sección Segunda es "parca y escueta", y "viene a decir" que el referido informe "no descarta la violación, cuando sí lo descarta", y la sobrina de su cliente "no supo dar respuesta" a estas cuestiones

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La defensa del hombre identificado como M.A.P.S., al que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a 12 años de prisión como autor de un delito de agresión sexual con penetración cometido, según relata la sentencia, sobre una sobrina carnal de la que el tribunal considera probado que abusó durante cinco años, desde que ésta tenía seis, va a recurrir en casación dicho fallo.

   Así lo ha confirmado este viernes a Europa Press el abogado que ejerce la defensa del condenado, Alfredo López, quien ha esgrimido, entre los motivos que justifican su decisión, un informe médico presentado en el juicio en el que, según se recoge en la propia sentencia, su autora "manifiesta que en las niñas de seis a once años la penetración del pene de un adulto provoca la rotura del periné o del tabique resto vaginal", y señalaba que "tal penetración en el caso de F. --la víctima-- debió causarle no sólo dolor interno sino desgarros importantes".

   De esta manera, el citado letrado alude a un "error de apreciación de la prueba" para motivar su decisión de recurrir, ya que aprecia "contradicciones" entre los hechos que se consideran probados y el referido informe pericial, de modo que éstos, en su opinión, "no se corresponden" con lo que refleja dicho documento.

   En ese sentido, la defensa del encartado ha subrayado que cuando supuestamente sucedieron los hechos juzgados, su cliente "tenía entre 19 y 20 años", de modo que una "violación con penetración" cometida por un varón de esa edad sobre una menor de once años como era su sobrina "habría obligado a ésta a tener que someterse como mínimo a una intervención sanitaria de la que nadie ha hablado", y le habrían provocado secuelas "que le habrían impedido desarrollar una vida normal, y nada de eso se dice", ha apuntado.

   Para Alfredo López, la sentencia de la Sección Segunda es "parca y escueta", y "viene a decir" que el referido informe "no descarta la violación, cuando sí lo descarta", y la sobrina de su cliente "no supo dar respuesta" a estas cuestiones.

   Además, el letrado ha calificado de "imposible" que su cliente abusara de su sobrina aprovechando las estancias que ésta pasaba en casa de su abuela, donde vivía también aquél, en verano, mientras sus padres, que eran feriantes, trabajaban, ya que, según ha defendido, M.A.P.S. "desde que tenía 16 años se iba con su padre a trabajar en la aceituna", por lo que "no pasaba todo el verano en su casa".

   Así las cosas, el letrado se reafirma en su decisión de solicitar la libre absolución de su cliente, al insistir en subrayar que la sentencia "no da explicaciones razonables" para justificar el fallo condenatorio.

INGRESO INMEDIATO EN PRISIÓN

   Por su parte, la Fiscalía y la acusación particular han solicitado el "ingreso inmediato en prisión" del condenado, aludiendo, entre otros motivos, a un posible "riesgo de fuga" del mismo, la duración de la condena, la edad del encartado y su situación laboral.

   Así lo ha trasladado a Europa Press la abogada que ejerce la acusación particular a través de la asociación Amuvi --vinculada al Instituto Andaluz de la Mujer (IAM)--, Celia Megía, que ha indicado además que el juez ha citado a las partes este mismo lunes para dirimir esta solicitud.

   El abogado defensor ha rechazado tal pretensión, que considera "absurda" porque no aprecia "riesgo de fuga" en su cliente. Así, ha defendido que "si hubiera querido escaparse ya lo habría hecho", así como que hasta ahora "siempre ha comparecido cuando se le ha citado, y no tiene conexiones internacionales ni medios para fugarse".

   Por ello, el letrado ha reconocido sentirse "muy sorprendido" por la solicitud de la Fiscalía, máxime cuando, según ha añadido, sobre su cliente pesa una orden de alejamiento de su sobrina, y se ha preguntado "por qué se pide ahora que ingrese en prisión y no se solicitó antes".

   Como se ha informado, la sentencia que va a ser recurrida, fechada este pasado día 6 de este mes de noviembre, considera probado que el condenado, "aprovechando que su sobrina, F.P.P., nacida el 11 de noviembre de 1990, pasaba largas temporadas en casa de su abuela (...), donde residía el acusado, ya que los padres de F. eran feriantes y no podían cuidar de ella en esas temporadas, desde que la menor tenía seis años (...) le realizaba tocamientos en sus partes íntimas, le besaba en el cuello y boca, se masturbaba delante de ella (...), le realizaba sexo oral (...), actos que realizaba aprovechando que se quedaba a solas con la menor en la casa, bien en su habitación o en la cámara y en el sótano".

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