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La Audiencia confirma la absolución de los tres acusados en el caso Cruz Blanca

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la absolución de los dos franciscanos, concretamente Manolo y Fermín, y del extrabajador de la congregación de la Cruz Blanca en Córdoba

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la absolución de los dos franciscanos, concretamente Manolo y Fermín, y del extrabajador de la congregación de la Cruz Blanca en Córdoba, por la supuesta comisión de delitos de maltrato y abusos sexuales a personas con discapacidad psíquica en dicho centro.

   Así lo ha destacado a Europa Press el abogado del hermano Manolo, Emilio Zegrí, quien resalta que la Audiencia confirma "en todos sus extremos" la sentencia del Juzgado de lo Penal número 5, y desestima en este caso los recursos de la Fiscalía Provincial, al que se adhirió la Fundación Cordobesa de Tutela, personada en la causa como acusación particular. En este caso ya no caben más recursos, ha precisado.

   En concreto, la sentencia absolvió en todos los términos, tanto al hermano Manolo, como a los otros dos acusados, y en los fundamentos de Derecho se destaca que, "tras haberse agotado todos los medios probatorios disponibles y procedimentalmente admisibles que puedan emplearse, en base al deber de esclarecimiento que incumbe al juez, no llega a aclararse el supuesto hecho lo suficiente como para convencer al Tribunal de la concurrencia de los presupuestos negativos y positivos del juicio de imputación". En consecuencia, "el proceso penal debe concluirse, por razones de seguridad jurídica, con una declaración negativa de culpabilidad".

   Por ello, según recoge la sentencia, al existir "dudas, en cuanto a la efectiva acreditación de los hechos, no puede esta juzgadora sino dictar una sentencia absolutoria, en estricta aplicación del principio de 'in dubio, pro reo', porque siempre será preferible en un sistema penal civilizado, la posible absolución de un culpable que la condena de un inocente".

   El fallo judicial daba la razón al letrado Emilio Zegrí, quien siempre defendió que no se ha cometido ningún delito, al igual que el abogado Luis Roldán, que representa al extrabajador, ahora también exculpado. Los abogados defensores resaltaron, en su momento, que los tres acusados se declararon "inocentes" y subrayaron que algunos de los empleados sostienen que el móvil de la denuncia contra ellos fue "la venganza", porque "había dos facciones", una pro hermano Manolo --el principal acusado-- y otra en contra.

   A ello hay que sumar que parte de las personas discapacitadas de la congregación, que supuestamente sufrieron malos tratos y abusos sexuales, declararon durante el juicio que sí se produjeron los hechos, aunque otros cayeron en contradicciones e incluso algunos de ellos restaron veracidad a tales acusaciones, no resultando concluyentes, por otro lado, los razonamientos expuestos por los peritos durante el juicio, tal y como también recoge la sentencia en sus fundamentos de Derecho.

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