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Huelva

Tres años de cárcel para un joven por vender cocaína en su vivienda de Cartaya

La Guardia Civil, durante la investigación, constató que el acusado había estado realizando transacciones de venta de droga en su domicilio de manera habitual durante, al menos, un mes. En la vivienda también vivían la esposa y tres hijas menores del condenado

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  • Alijo de cocaína -

La Audiencia Provincial de Huelva ha condenado a tres años de cárcel a un joven de 25 años que en 2012 estableció, en la vivienda que vivía con su mujer y tres hijas menores, en Cartaya, un punto de distribución y venta de cocaína a terceros.

En una sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia de Huelva, a la que ha tenido acceso Efe, se da por probado que el acusado en el mes de mayo de 2012 estableció ese punto de venta con el objeto de comerciar en el tráfico ilícito y a sabiendas del daño que su conducta suponía para la salud pública.

La Guardia Civil, durante la investigación, constató que el acusado había estado realizando transacciones de venta de droga en su domicilio de manera habitual durante, al menos, el mes reseñado.

Consecuencia de ello, se acordó el día 1 de junio de 2012 la entrada y registro de la encontrándose dos bolsas de sustancias blanca, 90 euros, cuatro bolsas plásticas con fondo blanco en el que se aprecian cortes circulares simétricos, y dos plantas de marihuana.

La Audiencia afirma que cuenta con prueba de cargo con la declaración de tres de los agentes que practicaron la detención, los que establecieron el punto de vigilancia, precedido por la sospecha, originada tanto por la denuncia del propio acusado sobre una agresión precedente sufrida por él y por la información, por los vecinos de la zona, de ser habitual la presencia de personas que se acercaban al domicilio del denunciado.

Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito contra la salud pública, en su modalidad de venta y tenencia para la venta de sustancias que causan grave daño a la salud, como es notoriamente la cocaína.

Por ello, condena al acusado a tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 35,54 euros con responsabilidad personal subsidiaria de cinco días en caso de impago, comiso del dinero y sustancia intervenida.

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