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Martes 14/05/2024  

Andalucía

El jurado declara culpables de asesinato a un hombre y a su hijo por disparar a otro en Linares

La acusación particular también les consideró responsables de un delito de asesinato

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El jurado ha declarado culpable de un delito de asesinato al padre acusado de disparar a un hombre en Linares (Jaén), unos hechos en los que estaban procesados dos de sus hijos, que en el caso del mayor edad también ha sido considerado por el jurado culpable de asesinato y el de menor edad ha sido absuelto, a la vez los tres han sido declarados culpables de un delito de tenencia ilícita de armas.

Fuentes de la defensas consultadas por Europa Press detallaron que los miembros del jurado no han tenido en cuenta ninguna de las atenuantes, de ahí que el abogado del hijo de mayor de edad se mostrara "sorprendido" porque, por ejemplo, "no han tenido en cuenta la alteración psíquica que sufre" su cliente, Joaquín M.F., o las "importantes" contradicciones en algunos de los testimonios, según analizó.

El jurado comenzó ayer las deliberaciones de este caso cuya vista oral se inició el lunes de la pasada semana en la sección tercera de la Audiencia y en la primera sesión los acusados alegaron que actuaron en defensa propia porque la víctima fue la que comenzó a atacarles a tiros. "Tuvimos suerte de que no nos diera", aseguró al respecto el padre.

Este hombre, Diego M.M., de 54 años de edad, explicó que el día de los hechos --el 3 de febrero de 2006-- estaba junto con su hijo y también procesado Joaquín M.F. trasladando los enseres de su antigua casa a la nueva, ubicada frente al domicilio de la víctima. Así, relató que, cuando llegaron a la calle para descargar cosas, salió el fallecido de su casa y tras insultarles descerrajó contra ellos. Diego M.M. expuso a preguntas de las partes que él empezó a esquivar las balas mientras que su hijo fue a la casa, cogió un arma y pegó unos tiros mientras que él también cogió otra arma de su domicilio.

Así, señaló que acto seguido su hijo Joaquín M.F. se fue y que él disparó dos veces sin apuntar --"le di en la cabeza como si le hubiera dado en el corazón", apuntó--, tras lo que la víctima cayó al suelo. "Pensé que no lo había matado, pensé que se había escurrido y, al caer, me quedó un poco sorprendido, entonces salió su mujer y cogió su arma", resumió.

Con respecto a las distintas versiones que han ido ofreciendo durante el proceso de instrucción, toda vez que al principio sostuvieron, entre otros extremos, que fue su hijo Joaquín M.F. el autor del disparo contra la víctima, este hombre justificó que en esas fechas estaba "muy afectado" y que "no sabía qué decir", de ahí que cuando este hijo suyo dijo que iba a hacerse cargo él de las culpas no se lo impidió, pero que ahora dicen "la pura verdad" y que no es otra que ese día solo estaba acompañado por Joaquín M.F. y no por su otro hijo y tercer acusado en el proceso Sebastián M.F. "Yo fui el que lo vio caer", zanjó.

PRUEBA PERICIAL

Por su parte, los forenses responsables de la autopsia de la víctima explicaron en la segunda sesión que la persona que apretó el gatillo debía de estar situada previsiblemente frente a la víctima. Estos expertos detallaron que no apreciaron en el cuerpo de la víctima más lesiones violentas que el orificio de la bala que presentaba en la cavidad craneal más unas erosiones faciales compatibles con la caída al suelo tras el disparo.

Los forenses apuntaron que tampoco apreciaron datos de defensa o lucha en el cuerpo del fallecido y que al examinar las manos de la víctima descubrieron unas sustancias que indican que "próximamente" hubo una detonación.

En la tercera jornada del juicio, el ministerio fiscal elevó a definitivas sus conclusiones y mantuvo la petición de que sean condenados por un delito de asesinato a 18 años de prisión, si bien por el delito de tenencia ilícita de armas rebajó la solicitud de pena privativa de libertad de dos años y medio a dos años.

La acusación particular también les consideró responsables de un delito de asesinato mientras que la defensa del padre, Diego M.M., argumentó que si es condenado lo sea por un homicidio a dos años y medio de prisión aplicándole las atenuantes de legítima defensa y miedo insuperable, entre otras. La defensa del hijo de mayor edad alegó que este únicamente disparó al aire y que, en todo caso, debe aplicársele la eximente de alteración psicológica mientras que el letrado del hijo de menor expuso que su cliente ni siquiera participó en estos hechos.

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