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Almería

Indemnizarán a los hijos de una pareja muerta hace 24 años

La Diputación de Almería deberá indemnizar al considerar que el mal estado de la carretera por la que circulaban fue determinante para el siniestro

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  • Diputación de Almería. -

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que la Diputación de Almería deberá indemnizar a los hijos de una pareja fallecida hace 24 años en un accidente de tráfico al considerar que el mal estado de la carretera por la que circulaban fue determinante para que se produjese el siniestro.

El dictamen, consultado por Efe, se pronuncia de forma desfavorable sobre la propuesta de resolución desestimatoria de la Diputación de Almería respecto a la reclamación de responsabilidad patrimonial realizada por los hijos de los fallecidos, una petición de 240.399,06 euros.

Según el CCA, el conductor de un turismo Simca 1200 "debió de sufrir algún tipo de deficiencia" en la percepción de la intersección en la que se produjo el accidente, "pese haberse percatado de su existencia, puesto que no pudo apreciar la presencia en la vía principal del vehículo marca Nissan modelo Patrol".

Uno de los ocupantes de este último automóvil relató en su día que el conductor del Simca, "al llegar al cruce, redujo la velocidad, pitó tres veces y miró a un lado y a otro. Cuando iba a reanudar la marcha vio venir a mucha velocidad algo que colisionó con el vehículo en el que viajaban".

"Ciertamente, ha quedado acreditado en el expediente que el conductor del vehículo Simca 1200 no prestó la debida atención a la conducción, ya que no disminuyó su marcha al llegar a la intersección", dice el CCA.

No obstante, apunta que ha quedado también "suficientemente acreditado" en el expediente el "pésimo estado de conservación y señalización de la carretera en la que ocurre el accidente, lo que, sin duda, ha tenido en este caso una influencia determinante en su producción".

"Este cúmulo de circunstancias dio lugar al accidente, de tal forma que la distracción del conductor no puede considerarse como causa única del mismo, sino que el lamentable estado de la vía y su señalización tuvo una incidencia determinante", incide.

A juicio del CCA, esta concurrencia de causas cabe atribuirla en igual proporción (50 %) a ambos factores, por lo que "procede considerar que existe responsabilidad patrimonial de la Administración, con el consiguiente deber de indemnizar".

Aunque los hijos de los fallecidos reclamaban 240.399,06 euros, el órgano consultivo considera que corresponde a cada uno de los reclamantes, la cantidad de 47.931,33; "cantidad que debe incrementarse en un 100% a cada uno de ellos, al haber fallecido ambos progenitores; y la cuantía resultante debe actualizarse con el IPC hasta la fecha actual".

"No obstante, atendiendo a la concurrencia de causas apuntada, las indemnizaciones que la Diputación deberá satisfacer a cada uno de los reclamantes han de reducirse en un 50%", concluye. 

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