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Huelva

La Fiscalía ve la motivación del jurado “insuficiente y arbitraria”

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ya tiene el escrito del fiscal en el que pide anular el juicio por el doble crimen de Almonte y repetirlo

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  • El acusado, ya absuelto. -
  • Reprocha al TSJA que dé por buena “sin argumentos diferentes” dicha motivación
  • No se han valorado “un abultado número de pruebas de contenido incriminatorio”
  • Considera la valoración de los restos de ADN un “auténtico despropósito”

Contundente, tajante y sin titubeos. Así se muestra  la Fiscalía del Tribunal Supremo en el escrito que dirige a la Sala Segunda del órgano judicial  para argumentar por qué apoya el recurso de la acusación particular del doble crimen de Almonte, que pide declarar nulo el juicio oral con jurado en el que salió absuelto el único acusado y celebrar nuevo juicio con distinto magistrado presidente.

En su escrito, al que ha tenido acceso Viva Huelva, el fiscal apoya el único motivo del recurso formalizado por la acusación particular, al entender violado el derecho fundamental a la tutela judicial afectiva en su vertiente de la necesidad de motivación de las resoluciones judiciales, no sólo del jurado en la vista celebrada en la Audiencia de Huelva, sino también del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), cuya sentencia se recurre, por incurrir “en la misma infracción del precepto constitucional al no apreciar y dar por suficiente y buena, sin argumentos diferentes, la motivación del jurado”.

El fiscal es especialmente duro con la motivación del jurado para declarar no culpable al único sentado en el banquillo por el atroz doble crimen de un padre y su hija de ocho años en abril de 2013. Además de insistir en la “arbitrariedad”, asegura que el jurado “ofreció una motivación por completo insuficiente al no valorar un abultado número de pruebas de altísimo contenido incriminatorio sin indicar, además, las razones”.

Una motivación que dio por buena el TSJA, de ahí que resalte los “defectos y carencias” de la sentencia que confirmó el auto absolutorio de la Audiencia de Huelva.

 

El ADN en las toallas

La Fiscalía del Supremo hace especial hincapié en los dos aspectos en los que se basó el jurado para emitir su pronunciamiento: el ADN y la posibilidad física.

De un lado, resalta que el veredicto excluye -extremo que confirma el TSJA- que el ADN del acusado hallado en tres toallas en el domicilio donde se perpetró el doble crimen fuera debido a una transferencia directa. Y la motivación que da el jurado, a juicio del fiscal, es un “auténtico despropósito”.

Así, explica que el jurado escuchó en el juicio dos periciales, la de los científicos del Instituto Nacional de Toxicología y la propuesta por la defensa, que se basa en los informes de Toxicología, es decir, “pericia sobre pericia”.

El fiscal afirma que muchos de los apartados de la pericial propuesta por la defensa “responden más bien al esquema de un escrito de defensa que a una verdadera pericial”.

Además, señala que se rechaza la pericial de Toxicología por “la falta de contundencia y unanimidad por parte de los peritos”, cuanto “la pericial, rara vez, por no decir nunca, expresa sus conclusiones en términos absolutos”.

Y lo que es aún “más censurable”, a juicio de la Fiscalía, “el jurado no expresa las razones por las cuales no otorga credibilidad a una pericial y sí a otra”.

Añade el fiscal otro dato “más completamente desconcertante” sobre la conclusión de la pericial de la defensa, que indicaba que no existe lógica científica, ni médica, ni criminalística que por un simple uso de tres toallas existan tan altas cantidades de ADN de Francisco Javier Medina. “Es desconcertante porque los peritos parecen excluir la evidente, la única posible, si se tiene en cuenta el conjunto de pruebas practicadas en l juicio oral: el acusado usó directamente las toallas”, apunta el fiscal.

 

La posibilidad física

De otro lado, la Fiscalía aborda el rechazo de la posibilidad física de la comisión de los crímenes en el domicilio. De nuevo apunta que “únicamente se valoró una prueba sin ofrecer razones lógicas y coherentes por las cuales quedaron excluidas el resto de pruebas que también se practicaron”.

Así, señala la testifical de un numeroso grupo de trabajadores de Mercadona, que compartieron turno con el acusado, y que no lo sitúan en el establecimiento a partir de las 21.00  horas. Y concluye que “estos testimonios y el registro de las cámaras debieran haberse valorado conjuntamente con la presencia de ADN en las toallas existentes en el domicilio”.

La pelota está ahora en el tejado del Tribunal Supremo, que debe decidir si anula el juicio y ordena su repetición. No obstante, este escrito de la Fiscalía supone un gran respaldo para la familia de las víctimas, que siempre ha mantenido que no hubo un juicio justo.

 

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