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El Pleno extraordinario del mes de abril será por vía telemática

El Consistorio estudia la retransmisión para mantener el carácter público de la sesiones

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  • Pleno en el Ayuntamiento de Cádiz.

El Ayuntamiento de Cádiz celebrará el próximo 21 de abril, a las 9.30 horas, el Pleno extraordinario cuyo único punto del día será la propuesta del Equipo de Gobierno para aprobar el uso del fondo de contingencia del presupuesto para paliar los efectos negativos de esta crisis sanitaria y socioeconómica generada por el covid-19.

Así se ha acordado en la Junta de Portavoces convocada por el alcalde de Cádiz, José María González en la que han participado los representantes de todos los partidos políticos de la corporación. En ella se ha establecido que, al ser un único punto, se seguirá el turno de intervenciones y los tiempos recogidos en el actual Reglamento Orgánico Municipal. Así mismo, según este documento, no es necesario celebrar comisión informativa al tratarse de un Pleno extraordinario.

La portavoz del Equipo de Gobierno, Ana Fernández, ha avanzado que “se están estudiando todas las fórmulas para retransmitir esta sesión plenaria con el objetivo de que el debate institucional siga manteniendo su carácter de apertura y transparencia hacia la ciudadanía pese a las limitaciones del confinamiento”.

El Pleno extraordinario del próximo 21 de abril debatirá el uso del fondo de contingencia del presupuesto para paliar los efectos negativos de esta crisis sanitaria y socioeconómica generada por el covid-19.

Cabe recordar que desde la Delegación municipal de Hacienda se ha trabajado para agilizar todos los procedimientos a fin de que antes de este Pleno se conozca la liquidación presupuestaria de 2019, y de existir remanente positivo de tesorería, que la corporación apruebe su utilización para paliar los efectos de citada crisis una vez se cumplan el resto de requisitos impuestos por el Gobierno.

Esta decisión se ha tomado a raíz de la vía abierta por el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19. Este documento, en su disposición segunda, modifica la Ley 7/1985 reguladora de las bases del régimen local permitiendo a las entidades locales celebrar plenos y otro tipo de reuniones de órganos colegiados por vía telemática.

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