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El TS ratifica la multa a Álvarez por hacer campaña en el AVE

El Supremo confirmó ayer la sanción de 660 euros que la Junta Electoral Central impuso en 2008 a la entonces ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, por la emisión en los trenes AVE Madrid-Málaga de un vídeo sobre los logros de su mandato durante la campaña electoral del año pasado.

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El Supremo confirmó ayer la sanción de 660 euros que la Junta Electoral Central impuso en 2008 a la entonces ministra de Fomento, Magdalena Álvarez, por la emisión en los trenes AVE Madrid-Málaga de un vídeo sobre los logros de su mandato durante la campaña electoral del año pasado.

El vídeo, que contenía un reportaje de cinco minutos sobre las obras en las carreteras españolas realizadas por el Ministerio de Fomento en los tres años previos a las elecciones de 2008 y que fue emitido en el AVE el 6 de febrero de este año, fue denunciado por el Partido Popular ante la Junta Electoral Central, al considerar que incumplía la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso presentado por el abogado del Estado al considerar que la emisión del vídeo constituyó una “evidente manifestación de una campaña institucional de los logros obtenidos por Fomento en la última Legislatura” prohibida por la ley.

Según esta ley, las campañas “no podrán contener alusiones a los logros obtenidos durante su mandato por el poder público que realice las campaña, ni imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.

La sentencia recuerda que la ley pretende “acabar con la práctica de utilizar los medios públicos de la institución para la implícita inducción al voto y la consiguiente vulneración del principio de igualdad entre los candidatos electorales”.

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