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Confirman la condena a un hombre por arrancarle parte de una oreja a otro

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima el recurso de apelación presentado por la defensa y confirma la sentencia de la Audiencia de Málaga

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  • Ciudad de la Justicia de Málaga. -
  • Los hechos sucedieron en mayo de 2018 tras la pelea por una cerveza
  • La víctima se dirigía a su casa cuando fue "sorpresivamente atacado por el acusado y llegando a morderle la oreja izquierda haciéndole perder parte"
  • Fue condenado a tres años y medio de prisión, el pago de una indemnización y 4.500 euros por la secuela

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de tres años y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por arrancar parte de la oreja a otro tras una disputa en la capital malagueña. Así, se desestima el recurso de apelación presentado por la defensa.

Los hechos sucedieron en mayo de 2018. Según se declaró probado por la Audiencia de Málaga y ahora ha sido ratificado por el TSJA en su resolución, primero hubo una discusión entre la víctima y otro hombre a causa de una cerveza, lo que degeneró en una riña en la que se golpearon.

Cuando esta ya había terminado, y la víctima iba a su domicilio, fue "sorpresivamente atacado por el acusado, propinándole patadas y puñetazos, llegando a morderle en la oreja izquierda haciéndole perder parte de la misma".

A consecuencia de estos hechos, el perjudicado resultó con lesiones que consistieron en herida inciso contusa de la oreja izquierda, con arrancamiento de cartílago, que requirieron para su sanidad dos semanas. Como secuela presenta un perjuicio estético moderado por pérdida parcial.

Por esto, se condenó al acusado por un delito de lesiones graves causantes de deformidad y además de la pena de prisión se le impuso el pago de una indemnización a la víctima de 60 euros por cada día que estuvo impedido para sus habituales ocupaciones y 45 por cada día de lesión sin incapacidad, así como con 4.500 euros por la secuela.

Asimismo, respecto a la primera riña, se condenó al otro hombre por un delito de malos tratos con la agravante de reincidencia a la pena de dos meses de multa a razón de diez euros diarios.

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