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Lunes 08/07/2024  

Cádiz

La Autoridad Portuaria patrocinará actividades culturales, deportivas y sociales

El organismo publica las bases reguladoras de una convocatoria de patrocinios dentro de su Responsabilidad Social Empresarial

  • Vista aérea del puerto de Cádiz. -

La Autoridad Portuaria de la Bahía de Cádiz (APBC) ha publicado las bases reguladoras de la convocatoria de patrocinios a través de la cual financiará actividades culturales, educativas, deportivas y sociales de entidades privadas y sin ánimo de lucro, que se desarrollen en el ámbito de influencia del puerto.

Esta iniciativa, que se enmarca dentro de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) de la entidad, responde, por un lado, a la necesidad de la APBC de seguir promoviendo actividades que contribuyan a su conocimiento y reconocimiento como principal agente generador de riqueza y empleo e impulsor del desarrollo económico y social del su entorno; y, por otro lado, atender a la responsabilidad para con la sociedad en la que está inmersa.

Según establecen las bases, publicadas en la página web de la APBC (Bases-patrocinio-definitivas.pdf (puertocadiz.com), las solicitudes se irán atendiendo por orden de presentación, al tratarse de un proceso de concurrencia no competitiva, y se valorarán por una comisión creada ex profeso según criterios de idoneidad por su interés portuario, repercusión mediática, visibilidad de marca y notoriedad.

Los aspirantes deberán cumplir unos requisitos, como ser una entidad sin ánimo de lucro de carácter privado, desarrollar la actividad en el ámbito de influencia del puerto, esto es, Cádiz, Puerto Real y El Puerto de Santa María, y presentar un proyecto de la actividad a patrocinar y un plan de publicidad, entre otros documentos.

La solicitudes deberán presentarse como mínimo 30 días antes del inicio de la actividad y la convocatoria está vigente para 2024 hasta agotar el presupuesto total de 30.000 euros.

Según la categoría del patrocinio, se podrá optar a un máximo de 500, 1.000, 1.500 ó 2.000 euros y en ningún caso dicho importe podrá ser superior al 50 por ciento del coste total de la actividad. 

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