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Última Columna

Consejo Ciudad ¿Va a ser que no?

El consejo está a salvo de políticas partidarias, ya que “No podrán formar parte de este órgano aquellas personas que ostenten cargos públicos electos"

Publicado: 27/11/2024 ·
19:17
· Actualizado: 27/11/2024 · 19:17
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Autor

Rafael Fenoy

Rafael Fenoy se define entrado en años, aunque, a pesar de ello, no deja de estar sorprendido cada día

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En este blog se pretende compartir análisis, reflexión y algo de conocimiento contigo persona lectora

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Sitúese Vd. en el Pleno del ayuntamiento de Algeciras del día 24 de octubre. Después de algo más de 4 horas de sesión, donde más de 1 hora la ha consumido el presidente del mismo, que curiosamente es la persona que más interviene de las 26 electas, a pesar del discreto papel que la ley de órganos colegiados le confiere a la presidencia de los mismos. Toma la palabra el concejal de Participación Ciudadana, para responder a una moción, apoyada por los dos grupos de la oposición, que pretenden instar al Sr alcalde a que ponga en marcha, aunque sea fuera del plazo, de 18 meses generosamente vencidos, lo dispuesto en el Capítulo IV, dedicado a los ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. Concretamente el artículo 102.1 establece tres órganos: Los Consejos de Barrios, los Consejos Sectoriales y el Consejo de Ciudad. El concejal acusa de mentir a quienes instan al alcalde a poner en marcha el Reglamento de Participación Ciudadana de Algeciras (RPCA). De hecho él mismo confiesa su error cuando manifiesta, contantemente, que están en ello. Reconociendo que quien miente no es la oposición.

Hay quien se sorprende que después de 20 meses el Sr alcalde siga impidiendo la constitución de esos órganos. Buscando el motivo hay quien piensa que se encuentra en que las funciones de estos órganos de participación ciudadana, le hurtan el poder omnímodo que ahora ejerce. -¡Que va!, ¿Cómo puede usted pensar eso?, ¡la duda ofende!-. Un repaso a la finalidad y algunas de las amplias funciones atribuidas permiten dimensionar adecuadamente esta duda. En el artículo 103, se dice que el Consejo de Ciudad es un órgano colegiado consultivo, que tiene por misión ofrecer un espacio de pensamiento estratégico para la gestión de los asuntos públicos de la ciudad.”  En este sentido la visión megaproyectos, que el Sr alcalde personalísimamente sostiene, casaría muy mal con la atención a las necesidades más perentorias de la ciudadanía. La meta fundamental del Consejo es construir colectivamente “la visión para el futuro de la ciudad, y desarrollar una perspectiva de pensamiento que oriente y sirva de soporte a la gestión de los principales asuntos públicos de la ciudad”. ¡Toda la ciudad!, no sólo al centro. El siguiente artículo concreta que le corresponderá, entre otras funciones: “la emisión de informes, estudios y propuestas en materia de desarrollo socioeconómico local, planificación estratégica de la ciudad y grandes proyectos urbanos… canalizar quejas, así como, conocer y debatir los planes de actuación, las ordenanzas y otras disposiciones de carácter general, así como efectuar el seguimiento de las mismas.” ¿A quién, que puede decidir por su cuenta, le gustaría que otras personas debatan sobre lo que su voluntad desea hacer?  Pero esto es lo que aprobó el pleno del ayuntamiento presidido por el mismo alcalde, en febrero de 2023. Las funciones van más lejos incluso, ya que se le encomienda a esta Consejo funciones supervisorasel seguimiento y control de actuaciones llevadas a cabo por el Ayuntamiento y que afecten al conjunto de la ciudad”  Incluso tiene algo que decir con respecto a los presupuestos municipales ya que el Consejo debe “ e) Conocer, participar, debatir e informar de los presupuestos municipales y de los resultados de su ejecución”. Cabe preguntarse si quien no desea que exista el Consejo ¿va a hacer algo para que se constituya? Y mientras eso no ocurre ¿se podrán aprobar los presupuestos municipales? ¿Pudiera deducirse este bloqueo de las palabras del concejal de Participación Ciudadana en el pleno del 24 de octubre? Porque dijo literalmente lo siguiente: Voy a refrescar la memoria en las reuniones preparatorias previas a la aprobación del Reglamento. Se acordó que el tema de los órganos participativos consejo de ciudad, consejo de barrio, era un tema que se iba a trabajar a parte del reglamento como un anexo a este para no ralentizar su aprobación”. Importa preguntarse por ¿quién acordó tal cosa? ¿Y por qué no está recogido en el propio reglamento? Y eso de trabajar aparte ¿a qué viene?  Porque las personas electas entonces que aprobaron el RPC debían conocer que el reglamento del Consejo Ciudad lo hará el propio consejo cuando se constituya. Ya está recogido en el mismo Reglamento (RPCA) las entidades que lo conforman y las funciones que asumen. Ello no permite justificar la más que tardanza de 20 meses, como pretende el concejal de participación en el pleno. Él mismo se pregunta ¿Por qué?, pues porque cada órgano participativo lleva una estructura, una regularización y una normativa diferentes, las cuales, también les adelanto que, se están trabajando desde esta delegación y también les digo que no existen las varitas mágicas “esto vengo mañana y ya tenemos los consejos creados”.  Conociendo lo que el Reglamento concreta la pregunta es ¿Están trabajando en qué? “La varita”, que cita el sr Concejal es el propio reglamento que amarra estos asuntos, ya que están contemplados y de los cuales el ayuntamiento tiene muy poco que decir y si mucho que aplicar. Oído y visto lo visto, parece evidente que no hay voluntad del sr. alcalde para que el Consejo Ciudad comience su andadura.  A pesar de que si se constituyera seria escucharlo ya que el Consejo informa a los órganos de Gobiernos del Ayuntamiento del funcionamiento de los servicios municipales planteando propuestas para su mejor funcionamiento” o elabora y presenta al ayuntamiento  “Anualmente un estado de necesidades de la ciudad con indicación y selección de prioridades a través de un proceso participativo para su inclusión en el plan de actuación municipal”. Precisamente estas funciones que bien consideradas serían de una ayuda inestimable para cualquier alcalde, en esta ciudad después de 20 meses “aún están en ello”. Pudiera ser que una de las razones de peso sea que el consejo está a salvo de políticos electos, ya que “No podrán formar parte de este órgano aquellas personas que ostenten cargos públicos electos”. Además de que el funcionamiento de las sesiones y las convocatorias será acordado mediante Reglamento elaborado por el mismo órgano. De momento la Federación de Asociaciones vecinales y ciudadanas (FAPACSA) está por acometer la tarea.

El mismo concejal en su intervención en el Pleno manifestaba que el Reglamento de Participación Ciudadana de Algeciras (RPCA) se cumplía “Cuando un ciudadano, un grupo político o una asociación de vecinos, presenta un escrito en el ayuntamiento se está dando cumplimiento al artículo 54.” Olvidando manifestar que ese mismo artículo obliga en 2 meses al ayuntamiento para responder. Cientos de escritos, presentados por los movimientos vecinales y personas particulares, llevan meses y meses sin respuesta. Evidentemente no fue acertada la referencia. Otras, que podrían calificarse de anecdóticas, tampoco.  Como la referencia a los 200 litros de pintura que el ayuntamiento ha distribuido entre las asociaciones vecinales. “Peccatas minutas”, que ponen en evidencia pensando bien una posible falta de capacidad. Aunque la voluntad de no constituir el Consejo Ciudad ya se ha manifestado alto y claro en el Pleno del 24 de octubre.  Hay quien deduce que la voluntad manifestada en el Pleno es que ¿Consejo Ciudad?,  ¡Va a ser que no!  Fdo Rafael Fenoy

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