El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy para su remisión al Parlamento de Andalucía el proyecto de ley para la protección de los consumidores y usuarios en la contratación de los préstamos hipotecarios, que incluye medidas para facilitar soluciones extrajudiciales a los desahucios.
Entre otras novedades del proyecto de ley, que ya se remitió al Parlamento en la anterior legislatura pero no llegó a tramitarse por la convocatoria anticipada de elecciones, destacan la incorporación de medidas de refuerzo para facilitar soluciones extrajudiciales y el diseño de un sistema de asesoramiento integral para que los consumidores tengan una información "más fluida" de los diferentes productos hipotecarios.
"Hemos dado pasos firmes, valientes y pioneros en España en la lucha contra los desahucios", ha subrayado en conferencia de prensa el portavoz del Gobierno andaluz, Miguel Ángel Vázquez, que ha recalcado que la Junta no quiere permanecer "impasible" ante este problema.
El principal objetivo de la ley es acabar con los abusos en las operaciones financieras y asegurar que la ciudadanía conozca en todo momento los derechos que le corresponden, ante qué productos se encuentra y cómo y dónde puede hacer valer las garantías que ofrece la Administración andaluza, ha recordado el portavoz.
Así, se endurece el actual régimen sancionador recogido en la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía, especialmente las correspondientes a las infracciones muy graves, que podrán alcanzar hasta el millón de euros.
Preguntado si la Junta ha consultado con los bancos los términos de esta norma, Vázquez ha dicho que en la reunión que mantuvo el consejero de Fomento y Vivienda a principios de mes con representantes de las entidades les trasladó que este proyecto "no busca el enfrentamiento, sino soluciones viables, una negociación con las entidades" para evitar que se produzcan los desahucios.
"Esta ley estaba incluida en el discurso de investidura de la presidenta de la Junta; era un compromiso proteger a los ciudadanos frente al mercado hipotecario y nuestra obligación era llevarla a la práctica", ha subrayado Vázquez, que ha confiado en lograr el "consenso" en el Parlamento para poder "frenar" los desahucios.
La nueva norma prevé la creación del Tribunal Arbitral Andaluz para Ejecuciones Hipotecarias y Desahucios, cuyo objetivo es impulsar la mediación extraprocesal para que los afectados puedan mantener la propiedad de su vivienda y, subsidiariamente, su uso.
Dicho tribunal se constituirá como una sección específica en la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía, y a través del mismo se impulsará la mediación previa o simultánea con cualquier procedimiento de ejecución judicial o notarial, a fin de lograr soluciones consensuadas.
Las entidades que otorguen préstamos para adquisición de vivienda deberán incluir en las condiciones generales o específicas de contratación la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo de Andalucía, en el que las personas consumidoras y usuarias pueden tener información sobre las mismas.
En la misma línea de reforzar la defensa de los intereses de los consumidores, el proyecto de ley incorpora la creación del sistema andaluz de información y asesoramiento integral en materia de desahucios, tanto en los casos de ejecución hipotecaria como en los de impago de las rentas de alquiler.
El sistema prestará atención "singularizada y prioritaria" a colectivos en situación de emergencia social y económica, como las víctimas de violencia de género, las personas con dificultades por motivos de exclusión social y las que no pueden afrontar los pagos de las cuotas hipotecarias y de los contratos de arrendamiento por causas sobrevenidas.
Además, establece la elaboración del 'Contrato Hipotecario de Confianza' con la participación de la Junta y las asociaciones de consumidores, que los bancos podrán utilizar como modelo,
La futura ley ampliará la información previa al contrato y la personalizada, a través de dos nuevos documentos adicionales a los exigidos por la normativa estatal: el de Información Precontractual Complementaria y el de Información Personalizada Complementaria, que, entre otros contenidos, recogerá una tabla de oscilaciones de los tipos de interés.
Los datos de relevancia precontractual deberán estar disponibles para el consumidor en la web o en las oficinas de la entidad financiera, sin que sea preciso solicitarlos, y éstas tienen la obligación de facilitar información básica sobre el tipo de interés.
Asimismo, las entidades deberán advertir de la existencia de cláusulas suelo y techo, del posible riesgo de perder la vivienda en caso de incumplimientos, de si la garantía alcanza al resto de bienes del consumidor y de si las condiciones ofertadas están vinculadas a la contratación de servicios adicionales.
Las medidas para aumentar la transparencia en la información se completan con la creación del Índice de Documentos de Entrega Preceptiva, en el que se relacionará toda la documentación que las empresas prestamistas deben poner a disposición del consumidor hasta que suscriba el crédito.
Una novedad es el reconocimiento de la persona avalista como sujeto protegido, con lo que tendrá acceso a la misma información que quien suscribe el préstamo, además de recibir notificación de cualquier cambio que se produzca una vez cerrada la operación.
La norma también fija la obligación de realizar una evaluación de la solvencia tanto del avalista como del consumidor contratante, así como de informarles del resultado por escrito y en un plazo de cinco días hábiles.