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Sábado 29/06/2024  

Embargos en nómina

Aunque poco a poco la crisis parece que se va recuperando y los últimos datos de contratación y creación de nuevos empleos invitan a un optimismo moderado, el daño ocasionado por los aprietos sufridos en las economías familiares empieza a manifestarse ahora de manera furtiva y con demora. Es el efecto de la onda expansiva en el que, el último aro de la pedrada en el agua, llega a la orilla cuando el epicentro del impacto ya se ha diluido.


No somos las personas muy dadas a airear públicamente nuestras intimidades salvo cuando nuestros interlocutores padecen las mismas miserias. De ahí las terapias de grupos que proliferan en la actualidad para que cada cual pueda soltar lastre en asociaciones especializadas.

Una de las consecuencias devastadora a las que me refiero tras la tormenta financiera padecida recientemente, es el embargo de nóminas a los trabajadores por el impago de compromisos adquiridos cuando la situación lo permitía. El colectivo afectado por retenciones judiciales en sus haberes es mucho más numeroso del que se pueda pensar a simple vista. Deudores involuntarios y avalistas que no dudaron ni un momento en rubricar su firma sobre el documento bancario para que los novios cumplieran su platónica ilusión de forjar los cimientos de su idílico nido conyugal, forman un grupo incalculable de españoles a los que los próximos años se les van a hacer interminables.

Ahora esas personas han caído en desgracia y ven reducido sus ingresos mensuales de forma injusta por culpa de aquellos que permitieron su endeudamiento más allá de la solvencia que los amparaba. Y aquellos que permitieron ese endeudamiento para conquistar el beneplácito general, animando incluso a las masas a meterse hasta el cuello en deudas desproporcionadas porque pensaban que todo iría bien, son los mismos que deberían modificar de forma inmediata las Leyes que regulan la aplicación de retenciones de haberes, porque es una verdadera agresión moral lo que contempla el artículo 607 del Código de Enjuiciamiento Civil sobre embargo de sueldos y pensiones.

Si un gobierno de derechas promulgó y aprobó esas disposiciones para favorecer al capitalista, no es de recibo que la izquierda permita ni un minuto más su continuidad. El espíritu de las Leyes debe ser aplicado con sensatez e imparcialidad y ninguna de esas características son precisamente las que contempla el capítulo referido.

Según la normativa actual, la nómina de un asalariado puede ser violentada de forma brutal por mandamiento judicial llegando a verse reducida según los casos, en tramos de descuento de hasta el setenta y cinco y el noventa por ciento. Para tener una idea, alguien que cobre mil euros de paga extraordinaria el próximo mes de julio se quedará sin olerla si el importe total de sus emolumentos rebasa los dos mil euros.

De acuerdo en que las deudas hay que pagarlas, pero en proporción adecuada a cada economía. Un gobierno socialista no puede dejar a una familia pasarlas canutas en beneficio de quienes están financieramente más capacitados para soportar los efectos de una crisis que, si alguien no la ha provocado, ha sido precisamente el escalafón proletario.

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