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El Cádiz CF dice adiós a la Ley Concursal

La aprobación del convenio de acreedores de club cadista cierra un proceso iniciado tras el descenso a Segunda B de 2010

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  • Fin a la Ley Concursal -

Ahora sí, por fin ya es oficial lo que se esperaba como agua de mayo en las oficinas del Cádiz CF. La Jueza del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Cádiz, Maria del Castillo Mendaro, ha firmado la sentencia que aprueba definitivamente el convenio de acreedores de la entidad cadista. Este nuevo e importante paso cierra una etapa abierta nada más descender a Segunda División B en 2010, el club optara por acogerse a una Ley Concursal que por entonces se estaba convirtiendo en el salvavidas de muchos clubes deportivos.

Aunque esperada, por ser ya conocido el acuerdo con los acreedores, la noticia es la mejor que podía llegar a los despachos de un club que a nivel deportivo muestra una marcha envidiable camino del ascenso. A partir de ahora, el club ya es libre de trabajar sin ataduras, o lo que es lo mismo, su Consejo de Administración vuelve a estar facultado para gestionar el patrimonio del club sin cortapisa alguna.

Atrás quedan los primeros pasos de este proceso con Antonio Muñoz y la oscura etapa con Sinergy al frente de un club que no hizo sino incrementar su deuda y estar a punto de descender a Tercera División.

"Apruebo el convenio presentado por la concursada Cádiz CF SAD con el voto favorable de acreedores ordinarios y privilegiados adheridos cuyos créditos

alcanzan los 2.947.337 euros, superando por tanto el 50% del pasivo ordinario del concurso (2.164.103 euros)", estas son las palabras mágicas con las que la Nº 81/2015 anuncia el final del proceso. Eso sí, añadiendo que "se decreta el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que se establecen en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes del deudor de comparecer ante este Juzgado tantas veces sea requerido, colaborar e informar en todo lo necesario para el interés del concurso y el convenio".

A partir de ahora, los tres administradores concursales, que cesan en sus cargos, "tendrán las funciones atribuidas en el convenio, en su caso, y conservarán plena legitimación para continuar los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de las sentencias y autos que se dicten en ellos, hasta que sean firmes, así como para actuar en la sección sexta hasta que recaiga resolución firme".

La sentencia también requiere al deudor para que semestralmente "informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio".

Conviene recordar que el modo de pago propuesto en el convenio queda vinculado directamente al rendimiento deportivo del primer equipo. De esta forma, si el Cádiz CF se mantiene en Segunda B la quita será del 60% y el periodo de carencia alcanzará los tres años para pagar luego a lo largo de otros doce años. Al contrario, si el club militase la próxima temporada en Segunda A, la quita "sólo" sería del 50% y la deuda se abonará en ocho años tras un único año de carencia. En el mejor de los casos a nivel deportivo, con el Cádiz CF en la máxima categoría, los pagos deberían afrontarse en cinco años, también tras uno de carencia y con el 50% de quita.

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