El tiempo en: Cádiz

Campo de Gibraltar

La UPEC de Protección Civil realiza una Evaluación Preliminar de Riesgos por Inundaciones en la Villa

El objetivo es la adopción de las medidas previas encaminadas a una mayor eficacia en caso de emergencia

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

La Unidad de Prevención ante Emergencias y  Catástrofes (UPEC), enmarcada dentro de la delegación de Seguridad  Ciudadana del Ayuntamiento que dirige el primer teniente de alcalde David Gil, ha realizado una Evaluación Preliminar de Riesgos  por Inundaciones.

El objetivo es la adopción de las medidas previas  encaminadas a una mayor eficacia en caso de emergencia por inundaciones y en general por fenómenos meteorológicos adversos.

En el trabajo llevado por los responsables de esta unidad de Protección Civil  se han identificado aquellas áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación (ARPSIs), tramos de ríos para las cuales se haya llegado a la  conclusión de que existe un riesgo potencial de inundación significativo o  en las cuales la materialización de ese riesgo puede considerarse  probable.

Según este informe, la limpieza de imbornales, de acequias, la vigilancia para que  no se depositen basuras o escombros en cauces públicos, la supresión de  instalaciones más o menos estables en puntos por los que en alguna  ocasión hayan discurrido aguas de tormenta, resolvería en gran medida  la ocurrencia de daños que, en ocasiones, pueden ser irreparables.

Es igualmente importante la plena disponibilidad del catálogo  de medios y recursos de intervención en caso de inundaciones. Todo está expuesto en los Planes que tiene homologados este  municipio por la Junta de Andalucía.

Los miembros de esta unidad reflejan en este informe la ocupación de cauces y canales de  manera antrópica, destinados al paso natural de la aguas que van a  desembocar a los correspondientes ríos, ocupaciones que deben ser  retiradas, para contribuir a evitar inundaciones.

Según se estipula en el Art. 8.2.1 del P.G.O.U. sobre cauces,  riberas y márgenes: “Quedan prohibidas las obras, construcciones o  actuaciones que puedan dificultar el curso de las aguas en los cauces de  los ríos, arroyos, ramblas y barrancos, así como en los terrenos  inundables durante las crecidas no ordinarias, sea cualquiera el régimen de propiedad y la clasificación de los terrenos”

También se han observado conducciones, canalizaciones,  imbornales y acequias, que en general presentaban gran acumulación de matorral. Un estado de conservación deplorable, algunas de  ellas totalmente obstruidas y llenas de matorral, las cuales deberían ser  limpiadas.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN