Técnicos municipales adscritos a la Delegación de Urbanismo del Ayuntamiento de Algeciras, ante los argumentos defendidos por la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, han considerado que este organismo ha cometido un error al valorar los usos admisibles que podrían permitir la viabilidad del Club Hípico Botafuegos.
Al artículo al que hace referencia la delegación, el 3.48 segundo, en su punto “b” habla de los usos admisibles, que son cuatro: el primero, obras de infraestructuras previo estudio de impacto ambiental así como las instalaciones necesarias para la ejecución de las mismas; el segundo se refiere a las instalaciones y edificaciones ligadas a las actividades primarias en la forma y condiciones que se establezcan en el suelo no urbanizable general; el tercero, a los usos de interés público y social vinculados a los valores propios que se tratan de proteger, así como la investigación y conocimiento de los espacios; y el cuarto, al que se acoge la Junta, “los usos recreativos o turísticos apoyados sobre edificaciones legales existentes”.
El Ayuntamiento, sin embargo, ha entendido que es el subpunto anterior a este el que toma protagonismo para conseguir el desarrollo del proyecto de actuación, es decir, el interés público y social.
De hecho, ese uso de interés público y social se aprobó en pleno de fecha 4 de junio de 2013 con fines de uso recreativo y deportivo, con lo que la propuesa defendida por el consistorio encajaría perfectamente dentro de los usos adminsibles, por lo que los técnicos consideran un error las consideraciones de la Delegación Territorial.