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La Junta cambia la ley urbanística para evitar varapalos judiciales como el de Chiclana

Planes Generales como el de Chiclana tendrán que iniciarse de nuevo y someterse a una auténtica Evaluación Ambiental Estratégica para evitar los fraudes.

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  • Planes expansivos como el de Chiclana obligan a cambiar la Ley. -

Tras numerosas sentencias judiciales ganadas por Ecologistas en Acción, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el Decreto-ley 31/2020 que obligará a reiniciar la tramitación de numerosos planes urbanísticos al no haberse sometido a la preceptiva Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), según establece la normativa europea y estatal. Es una decisión de gran trascendencia, que desmonta la fraudulenta política ambiental aplicada a los planes urbanísticos desde 2007.

Toniza-Ecologistas en Acción se congratula de esta decisión y señala que "no en vano, la anulación del PGOU (Plan General de Ordenación Urbana) expansivo y fraudulento de Chiclana ha sido determinante en este cambio legislativo".

"Especialmente, queremos llamar la atención ante la incongruencia de los recursos de casación presentados por el Ayuntamiento de Chiclana y la Junta de Andalucía ante el Tribunal Supremo, tras, al menos, 8 sentencias de anulación del PGOU de Chiclana por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (dos de ellas a recursos ecologistas). Y es que la Junta de Andalucía en estos recursos de casación va a defender una norma que ahora deroga, tras evidenciarse judicialmente su ilegalidad -como reiteradamente advertimos-, ya que el PGOU de Chiclana y su evaluación ambiental se aprobó basándose en la misma".

Esta decisión se adopta tras varias sentencias de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Sevilla y Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que establecen que el procedimiento ambiental aplicado por la Junta de Andalucía a los planes urbanísticos no se ajusta a la Directiva Europea 2001/42/CE que regula la EAE de planes y programas, ni a la ley estatal que la traspone. Las sentencias más recientes ganadas por Ecologistas en Acción por aplicación incorrecta de la EAE. En enero de 2019 el TSJA anuló una modificación del Plan Especial de Cobre Las Cruces (Sevilla) y el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Jaén, en marzo de 2020 anuló el PGOU de Chiclana (Cádiz) y en septiembre de 2020 anuló una modificación del PGOU de Sanlúcar La Mayor (Sevilla).

De hecho, la Junta de Andalucía ha venido inventando todo tipo de artificios legales para intentar eludir la aplicación de la EAE de obligado cumplimiento en todas las Comunidades Autónomas.

El PSOE promovió en 2007 la aprobación de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (LGICA), en la que excluyó a los planes urbanísticos de someterse a la EAE, vulnerando la normativa europea que ya era de aplicación obligada desde 2004. Ese instrumento de EAE obliga a motivar las propuestas y evaluar ambientalmente todas las alternativas posibles, y a tener siempre en cuenta la participación ciudadana, desde el inicio de la tramitación de los planes.

"Sin embargo, en plena burbuja inmobiliaria, el gobierno de la Junta optó por anteponer los intereses especulativos, y la corrupción que generó, a la aplicación de normas estatales y europeas. La anulación del PGOU de Marbella por el Tribunal Supremo en octubre de 2015 fue el primer aviso a este urbanismo tramposo", dice Toniza.

La Junta se vio obligada a realizar un cambio legislativo, incluyendo en la Ley 3/2015 la obligación de someter a los nuevos planes urbanísticos a EAE. "Pero de nuevo quiso hacer trampas, incluyendo una disposición que pretendía salvar los 450 planes que estaban en tramitación, dando por válido el anterior procedimiento ambiental defectuoso establecido en la LGICA, a pesar de que era manifiestamente contrario a la normativa europea y estatal, ya que no se habían sometido a la obligada EAE".

La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del PSOE, y más recientemente la de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible del PP, han seguido con la política de sostenella y no enmendalla. Las consecuencias son evidentes, continuos varapalos judiciales que ponen en cuestión toda la política urbanística de la Junta de Andalucía en estos últimos 13 años, y evidencia su desastrosa gestión de la prevención ambiental.

En septiembre de 2015 Ecologistas en Acción advirtió al entonces Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, José Fiscal (PSOE), y a la Comisión Parlamentaria que tramitaba la Ley 3/2015 del desastre ambiental que se avecinaba, advertencia reiterada en otras muchas ocasiones en los siguientes meses y años en todas y cada una de las alegaciones presentadas en la tramitación ambiental de planes urbanísticos. En todos los casos desoídas. El anterior Gobierno de la Junta del PSOE optó por una huida hacia adelante, primando la aprobación de planes urbanísticos especulativos por encima de la legalidad y de la garantía de evaluación ambiental de los mismos. El resultado ha sido la anulación en cascada de todos esos planes aprobados sin haber sido sometidos a una auténtica EAE.

Por eso, la Junta de Andalucía ha optado por la mayor, derogar una parte de la Ley 3/2015. "Una decisión acertada que viene a tumbar los artificios legales del PSOE para promover un urbanismo especulativo sin una verdadera EAE", dice el colectivo.

El nuevo Decreto-ley 31/2020 anula la Disposición Adicional Tercera (DA3) de la Ley 3/2015 que permitió a los planes urbanísticos que en 2015 estaban en trámite, seguir incumpliendo la Ley 21/2013 estatal y la Directiva 2001/42/CE en materia de EAE. Y establece que todos esos planes que actualmente sigan en tramitación deberán reiniciarse desde el principio, y los que hayan obtenido la Declaración Ambiental Estratégica (DAE), se les denegará la aprobación definitiva, anulándose todas las DAEs aprobadas fraudulentamente.

"Consideramos que la medida, aunque tardía e insuficiente, es muy satisfactoria. No obstante, hay otros recursos pendientes de sentencia; otros planes aprobados definitivamente susceptibles de ser recurridos; y otros aspectos de la LGICA andaluza no contemplados en el nuevo Decreto, que pueden ser lesivos para el medio ambiente -como la exclusión de ciertos planes de someterse a la EAE, el contenido insuficiente del estudio ambiental, etc.-, por lo que el número de planes anulados podría incrementarse en el futuro".

Esta "acertada medida de derogación de la legislación tramposa" del PSOE debe suponer un compromiso de una EAE rigurosa de los planes urbanísticos, primando la rehabilitación y mejora de las ciudades existentes sobre la expansión urbanística injustificada; la promoción de una movilidad sostenible; la reducción del consumo de recursos naturales; la protección del paisaje; la economía circular; medidas contra el cambio climático; y el cierre de cualquier opción a la especulación urbanística, garantizando el derecho constitucional a una vivienda digna. Para conseguir estos objetivos, la Junta tiene que hacer una modificación sustancial del proyecto de Ley de Impulso a la Sostenibilidad Territorial de Andalucía (LISTA), que, de nuevo, prioriza el urbanismo especulativo sobre la sostenibilidad territorial y ambiental.

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