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Piden tres años de cárcel para una pareja acusada de acordar usurpar la identidad de un compañero

Un juzgado condenó al procesado por una agresión a su mujer, pero facilitó la identidad del compañero de trabajo

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La Fiscalía Provincial de Córdoba solicita penas por un total de tres años de prisión para una pareja de nacionalidad china, acusada de acordar usurpar la identidad de un compañero de trabajo en un restaurante chino de la capital, después de que el hombre supuestamente agrediera a su mujer y un juzgado le condenara con la identidad del compañero, que se ha personado ahora como acusación particular. El juicio se celebrará a mediados de octubre en el Juzgado de lo Penal número 1.

   Según recoge la calificación del Ministerio Público, a la que ha tenido acceso Europa Press, sobre las 21,15 horas del día 24 de junio de 2009 los agentes de la Policía Nacional fueron avisados para que acudieran al restaurante chino en cuestión, donde comprobaron que el acusado, P.L., supuestamente estaba agrediendo a su compañera sentimental, también acusada.

   De este modo, los agentes detuvieron al agresor, quien en las dependencias policiales se identificó, "a sabiendas de su falsedad", con el nombre de un compañero de trabajo, facilitando los datos de identidad del mismo y "negándose a plasmar sus huellas de identidad", por lo que no se pudo averiguar la verdadera identidad del procesado, al tiempo que volvió a dar tal identidad en presencia de su letrado e intérprete, cuando se le hizo ofrecimiento de las correspondientes acciones como detenido, negándose a declarar.

   Además, en el Juzgado de Violencia contra la Mujer, P.L. nuevamente continuó con "su falta de identificación", tramitándose el procedimiento contra el compañero de trabajo, citándose auto de procedimiento abreviado contra esta última persona, quien fue finalmente condenada por el Juzgado de lo Penal número 2 como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar, con penas de 40 días de jornadas de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del permiso de armas y prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima.

   Al respecto, el fiscal relata que la mujer en ningún momento durante la instrucción de la causa, ni en el acto del plenario, "actuando de común acuerdo con el acusado", manifestó que la identidad que su pareja estaba dando, "usurpando la identidad" de su compañero, a quien conocía por ser también compañera de trabajo del mismo, "era completamente falsa".

   De este modo, tras incoarse la correspondiente ejecutoria, el afectado tuvo conocimiento de los hechos y remitió un escrito al Juzgado de lo Penal, poniendo al tanto de lo ocurrido al juez, quien ordenó deducir testimonio de actuaciones por las responsabilidades penales en que pudiesen haber incurrido la pareja de acusados.

   Cabe destacar que no consta en la causa si los procesados se encuentran en España en situación de estancia regular o irregular, de ahí que el fiscal recoja que si alguno de los dos se encuentra residiendo ilegalmente en España, la pena de prisión de un año y seis meses para cada uno sea sustituida por la expulsión del territorio nacional y la prohibición de entrar en el mismo durante cinco años.

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