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Absuelto de depósito de arma de guerra un burguillero que tenía piezas de un 'Cetme' y una granada

Consiguió "por medios no acreditados" varias piezas de un fusil de calibre 7,62 modelo 'Cetme' y correspondiente a la variante 'C' de este arma

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La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un vecino de Burguillos, miembro del Ejército de Tierra, descubierto en posesión de varias piezas de un fusil de guerra modelo 'Cetme', una granada de fusil anticarro que carecía de espoleta pero estaba cargada y cuatro botes con "agentes fumígenos". También ha sido absuelto un vecino de León que, a través de Internet, acordó con él la adquisición de las piezas de la citada arma de guerra.

Según la sentencia, emitida el pasado 21 de julio y recogida por Europa Press, José Antonio D.M., vecino de Burguillos (Sevilla) y cabo primero del Ejército de Tierra, consiguió "por medios no acreditados" varias piezas de un fusil de calibre 7,62 modelo 'Cetme' y correspondiente a la variante 'C' de este arma de fabricación española. En concreto, el militar poseía un pistolete o empuñadura con su mecanismo de disparo "completo", un cargador pero sin cartuchos y un grupo de cierre también "completo". Todas las piezas estaban "en perfecto estado" de funcionamiento.

MÁS MATERIAL MILITAR

A través de Internet, en septiembre de 2008 José Antonio D.M. acordó con un vecino de un municipio de León identificado como Urbano G.A. la venta de las piezas a este último, que deseaba los instrumentos como "repuestos" para un fusil del mismo modelo pero "de uso cinegético" que poseía de forma reglamentaria. Acordaron un precio de 150 euros, pero el paquete de las piezas fue intervenido cuando el militar lo remitió al comprador por vía postal. En un registro practicado en la vivienda de José Antonio D.M., así, fueron localizados una granada de fusil de asalto anticarro M-61, sin espoleta pero con su carga, y cuatro botes "con agentes fumígenos".

La Fiscalía reclamaba para el cabo primero seis años de prisión por los delitos de depósito de armas de guerra y tenencia de explosivos y sustancias asfixiantes, así como tres años de cárcel para Urbano G.A. por el primero de los delitos mencionados.

No obstante, ambos han sido absueltos, porque el comprador "no llegó a tener nunca en su mano el pistolete" y "no consta" que su procedencia y su preparación para el disparo automático le fueran comunicadas por el vendedor. En cuanto a José Antonio D.M., la sentencia recoge que como miembro de las Fuerzas Armadas, era consciente del carácter "exclusivamente militar" de las piezas y él mismo lo reconoció ante el juez instructor.

EL ARMA Y LAS PIEZAS

No obstante, este fallo señala "la imposibilidad de equiparar penalmente un arma de guerra y piezas sueltas de la misma". La posesión exclusiva de "las piezas", así, no es considerada como un delito de depósito de armas de guerra, mientras la granada descubierta en su domicilio carecía de "la espoleta, elemento esencial" para su funcionamiento. Igualmente, "la hipótesis acusatoria no supera las exigencias del estándar probatorio" en cuanto al conocimiento que el cabo primero tenía sobre la funcionalidad de la granada. El fallo tampoco atribuye responsabilidad penal a la tenencia de los botes de sustancias "fumígenas".

La sentencia, de tal manera, absuelve a ambos acusados, aunque decreta la destrucción de las piezas de fusil intervenidas y del resto del material decomisado en la vivienda de este cabo primero del Ejército de Tierra.

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