El Juzgado de lo Penal número 1 de Huelva ha condenado a seis meses de cárcel y 4.032 euros de multa al portero de una discoteca por agredir a un cliente que entró a comprar tabaco en el establecimiento y posteriormente encenderse un cigarro en su interior.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, lo considera autor penalmente responsable de un delito de lesiones con la concurrencia de la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.
Se considera probado que el 30 de octubre de 2011, sobre las 6:00 horas, la víctima accedió al interior de una discoteca para comprar tabaco y a pesar de estar prohibido, ésta encendió un cigarrillo en el interior del establecimiento.
En ese momento el acusado, quien ejercía funciones de portero o vigilante, le invitó a abandonar el establecimiento, a lo que la víctima se mostró reacia, si bien fue acompañada hasta la puerta.
Una vez en el exterior del local, el acusado, con ánimo de menoscabar su integridad física, le empujó al suelo y le golpeó de forma reiterada con patadas y puñetazos.
La víctima trató de protegerse de los golpes que recibía cubriéndose la cara con los brazos y manos.
A consecuencia de los hechos la víctima sufrió policontusiones y fractura de la cabeza del radio derecho que precisaron para su curación, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico consistente en férula de inmovilización con yeso invirtiendo en su curación 60 días durante los cuales estuvo impedido para sus ocupaciones habituales.
En la fecha de los hechos el acusado tenía contrato en vigor con la empresa que gestionaba la discoteca.