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Proceso al exdecano de los abogados de Málaga por desobediencia en el estado de alarma

Los hechos imputados a Francisco Javier Lara se remontan a la suspensión de servicios de guardia durante el primer estado de alarma

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  • El exdecano de los abogados malagueños. -
  • Lara, "de modo consciente y a sabiendas de su deber de cumplimiento", desobedeció un requerimiento judicial el 6 de mayo de 2020

El titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Málaga ha procesado al exdecano de abogados de Málaga Francisco Javier Lara por un delito de desobediencia, en unos hechos que se remontan a la suspensión de servicios de guardia durante el primer estado de alarma, que decretó por incumplimiento de las medidas de seguridad.

Un año después de que se le citara en calidad de investigado, el juez ha acordado auto de procedimiento abreviado (equivalente al procesamiento) por si los hechos fueran constitutivos de un presunto delito de desobediencia, según el auto al que ha tenido acceso Efe.

Francisco Javier Lara siempre ha mantenido que "nunca tuvo intención de desobedecer ninguna orden judicial y que para él era preferente en esos momentos el derecho a la salud de los abogados", y que "quería tener la absoluta seguridad" de que los letrados "iban a prestar servicio con seguridad, tranquilidad y sin poner en peligro su salud".

"Morían miles de personas diariamente, no se sabía nada todavía de la covid. No había mascarillas, geles y solo pedía hacer las guardias por videoconferencia o con protección", por lo que este miércoles ya ha presentado un recurso de apelación contra la mencionada resolución.

En el auto, el instructor indica que Lara, "de modo consciente y a sabiendas de su deber de cumplimiento", desobedeció un requerimiento judicial el 6 de mayo de 2020 ya que no proporcionó al Juzgado los nombres de los letrados que estaban ese día y tampoco les comunicó que debían comparecer a la guardia.

Ese 6 de mayo estaba de guardia el Juzgado de Instrucción número 10 de Málaga y, según el instructor, llamaron al Colegio de Abogados para comunicarles que había cuatro detenidos y que debían acudir presencialmente, pero el Colegio contestó que desde el principio de la pandemia la asistencia letrada se hacía a través del sistema de videoconferencia circuit.

Además, el Colegio de Abogados pidió que si se iba a realizar de forma presencial les indicaran qué medidas preventivas se iban a tomar pero, según el entonces decano, el Juzgado nunca contestó.

El auto también expone que se les pidió el nombre de los letrados y no se les proporcionó y que el juez dictó una providencia requiriendo expresamente al Colegio para que les proporcionaran los nombres y acudieran a la mayor brevedad o que se les dijese a ellos para que fueran rápidamente.

En esa misma providencia se advertía que en caso de no acudir se procedería a deducir testimonio de todo lo actuado y su remisión por presunto delito de desobediencia.

En el recurso de apelación, al que ha tenido acceso Efe, se destaca que tras la declaración de él y otros abogados adscritos al servicio de guardia del Colegio de Abogados no se han practicado otras diligencias de investigación encaminadas al esclarecimiento de los hechos.

Por ello, pide a la Audiencia de Málaga que estime el recurso y acuerde la retroacción de la causa a la fase de diligencias previas para la práctica de una serie de diligencias que consideran necesarias para la instrucción de la causa y así esclarecer lo sucedido en esas fechas.

También se recuerda en el recurso que todas las decisiones adoptadas el 6 de mayo de 2020 sobre la asistencia o no de los letrados al juzgado de guardia fueron adoptadas por la Junta de Gobierno "y no de forma personal por el decano", y que hay pruebas por el comunicado que se emitió y que estaba firmado por todos los integrantes de la Junta.

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