Una sentencia obliga al SAS a restituir en su cargo a un enfermero cesado por la Gerencia de Osuna

Publicado: 11/03/2014
Tras ser destituido, se convocó una nueva convocatoria para ocupar el mismo puesto, que finalmente se asignó a un trabajador eventual
Una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a restituir en su cargo a un enfermero fijo que desempeñaba la labor de Enfermero Gestor de Casos en el Área de Gestión Sanitaria de Osuna (Sevilla), después de que la Gerencia diera por finalizada de manera unilateral y sin motivación su continuidad en el puesto, aprobando seguidamente una nueva convocatoria para la cobertura del mismo puesto que finalmente fue designado a un trabajador eventual.

   Concretamente, la sentencia que ha sido ganada por la asesoría jurídica del Sindicato de Enfermería de Sevilla, explica que en la Resolución de 30 de junio de 2009, el enfermero afectado resultó seleccionado como titular para la cobertura del puesto de Enfermero Gestor de Casos en el Área de Gestión Sanitaria de Osuna, sin que en las bases de la convocatoria se hiciera mención alguna a la potestad de la Gerencia de acordar unilateralmente la finalización de la prestación de servicios del puesto convocado, sucediendo así finalmente, sin motivación y sin justificación.

   Así, explica el sindicato en una nota, una Resolución del 29 de abril de 2011 recoge que la Gerencia da por finalizada la Adscripción Funcional de dicho profesional para el desempeño de sus tareas, y se convoca una nueva convocatoria para la cobertura provisional de ese mismo cargo a fecha de 6 de mayo de 2011, en cuyas bases sí se hace constar que la Gerencia podrá acordar unilateralmente la finalización en cualquier momento de la prestación de servicios del puesto convocado, cargo que fue ocupado por una profesional con vinculación eventual.

   De esta manera, la sentencia recoge que se deberían haber concretado las razones por las que se entendía que el enfermero destituido no se consideraba apto para seguir desempeñando su puesto y por las que era necesaria una nueva convocatoria para su cobertura.

   Así, continúa le sindicato, el fallo judicial favorece la demanda interpuesta por Satse y estima que se trata de una resolución que vulnera el texto del artículo 54.f de la Ley 30/1992 y debe ser anulada, ordenado que se reponga al profesional recurrente en las condiciones laborales que ostentaba como Enfermero Gestor de Casos en el Área de gestión Sanitaria de Osuna, con los efectos legales que correspondan.

   Por su parte, el Sindicato de Enfermería de Sevilla ha valorado la resolución de esta sentencia, ya que considera que respalda el derecho del trabajador en cuestión. Trabajador que, como explica el Satse, "fue destituido indebidamente e injustificadamente por esa Dirección en el año 2011, a pesar de los intentos de paralizarlo por la vía de negociación y por la vía administrativa, que tanto el trabajador como el sindicato, intentaron con la Dirección Gerencia y la Dirección de Enfermería".

   Sin embargo, prosigue, ambas direcciones "se limitaron a instar, de manera despótica, a su denuncia ante los tribunales". Por ello, desde Satse se solicita como consecuencia del fallo judicial "el cese inmediato del Director de Enfermería, que es el mismo que no garantizó el derecho de este trabajador".
 

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