La Audiencia de Sevilla ha condenado a 24 meses de internamiento en centro cerrado a un menor de edad que, en compañía de su padre y hermano, secuestró a un hombre a quien acusaba de haberles robado unas plantas de marihuana, al que además amenazaron con cortarle los dedos con unas tenazas.
Una sentencia de la Sección Tercera, a la que ha tenido acceso Efe, confirma en todos sus extremos el veredicto del Juzgado de Menores, que impuso al chico 24 meses en un centro cerrado, seguido de un año de libertad vigilada, por delitos de amenazas, detención ilegal, allanamiento de morada, faltas de lesiones y maltrato.
Además de esta sentencia en la jurisdicción de Menores, el padre y hermano del joven fueron condenados en la Audiencia de Sevilla a dos años de cárcel y un año y cuatro meses porque el 17 de octubre de 2013 secuestraron en Camas (Sevilla) a Francisco José M.G., a quien culpaban de la desaparición de unas plantas de marihuana.
El padre, Francisco Javier S.M., invitó a su interlocutor a subir a su casa, haciéndole creer que quería hablar de unos trabajos de albañilería, pero una vez allí, y auxiliado por sus hijos, comenzó a golpearle.
Además esgrimieron unas tenazas y un cuchillo jamonero con los que decían que le iban a cortar los dedos, lo ataron con una cinta de persiana, le amordazaron y le golpearon con un bate de béisbol.
También le quitaron las llaves de su casa y los dos hermanos trataron de acceder a ella, donde se encontraba su suegra, a la que dieron un violento empujón, le quitaron el móvil y registraron las dependencias.
La víctima estuvo retenida unas tres horas hasta que fue liberada por la Policía, pero como consecuencia de la agresión sufrió varias contusiones, hematomas y lesiones de las que tardó en curar siete días.
El joven condenado alegó ante la Audiencia una desproporción de trato respecto a la condena impuesta a sus familiares, pero la Audiencia responde que el menor "es el único que interviene en todos los hechos" y además en sus entrevistas con los educadores "muestra una actitud poco colaboradora y desafiante, presenta escaso nivel de autocontrol y un comportamiento impulsivo".
Junto a ello, "es incapaz de reflexionar sobre la forma de resolver los conflictos, se relaciona con jóvenes con factores de riesgo al presentar antecedentes penales y se encuentra ocioso, sin realizar ningún tipo de actividad formativa ni laboral".
Que su padre haya indemnizado a la víctima "no resta trascendencia a los hechos ni disminuye su gravedad ni la violencia empleada por el menor durante el desarrollo de los mismos", añade la Audiencia, y concreta que en el caso de los mayores de edad la sentencia se alcanzó de conformidad, mientras que el chico "no admite buena parte de los hechos por los que se le condena, con lo que se justificaría una mayor rigurosidad".
El abogado del menor recurrió también porque, durante el juicio, la víctima del secuestro rectificó las acusaciones vertidas en la fase de instrucción, pero la Audiencia destaca que el juez de lo penal "razona convenientemente por qué da más crédito a las manifestaciones en la fase de instrucción", que gozan de una "verosimilitud objetiva, al estar corroboradas por otras circunstancias como el relato de los policías que intervinieron y la "falta de seguridad del testigo" en el juicio.