La Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia (Andoc) ha calificado de "histórica" la sentencia del Constitucional que avala el derecho a la objeción de conciencia de un farmacéutico que fue sancionado por negarse a dispensar la llamada "píldora del día después".
Andoc, cuya sede está en Jaén, señala en un comunicado que se trata de una sentencia que "sienta doctrina", al tiempo que recuerda que el recurso ante el Tribunal Constitucional se interpuso hace más de cuatro años.
"Se trata de una decisión trascendental tomada en sede constitucional con la que se reconoce la objeción farmacéutica como un derecho humano vinculado a la libertad religiosa, ideológica y de conciencia consagrada por el artículo 16.1 de nuestra Constitución" dice esta asociación.
Asimismo, considera que "es una resolución pionera" pues no hay apenas antecedentes en otros países europeos, aunque sí en los Estados Unidos.
Indica Andoc que el Constitucional aprecia un paralelismo entre este caso y el derecho a la objeción de conciencia de los médicos con respecto al aborto.
Añade que esta sentencia reconoce que muchos farmacéuticos pueden tener motivos de conciencia y profesionales para rechazar la dispensación de la píldora poscoital por entender que puede atentar "contra la concepción que profesan sobre el derecho a la vida".