Secuestraron en Cartagena a un hombre de 50 años y al que maniataron y cortaron en un dedo y en los genitales, además de dejarlo encerrado desnudo
La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a cuatro años y cuatro meses de cárcel a cada uno de los dos jóvenes que reconocieron en el juicio que secuestraron en Cartagena a un hombre de 50 años y al que maniataron y cortaron en un dedo y en los genitales, además de dejarlo encerrado desnudo en la vivienda a la que lo habían llevado con engaño.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, ha denegado la solicitud de sus defensas de dejar en suspenso la pena de prisión porque no se merecen ese beneficio por la violencia que ejercieron sobre la víctima, “fuera de lo normal y difícil de explicar desde cualquier punto de vista”.
Señala la Sala que los hechos se produjeron en marzo de 2022, cuando los acusados coincidieron en una calle de Cartagena con el denunciante, al que buscaban para que les indicara dónde estaba su hermano, que, al parecer, tenía una deuda con ellos.
Y añade que lo engañaron y le dijeron que los acompañara a un lugar, ya que otra persona quería pedirle disculpas, cuando lo que pretendían era detenerlo ilegalmente para presionarlo y conseguir dar con el paradero del hermano.
Una vez en la vivienda, lo ataron con una cadena, lo maniataron, le amenazaron con cortarle un dedo y el pene, y de hecho le hirieron en ambos con un cuchillo, y lo humillaron dejándolo desnudo y encerrado en la casa, produciéndole lesiones que tardaron en curar más de cien días, de los cuales, doce fueron de hospitalización.
Dice la sentencia que utilizaron tanta crueldad que llevaron a la víctima a un grado de temor tal que cuando consiguió soltarse las ataduras se lanzó desde el tejado de la vivienda a la calle aun siendo consciente de que podía lesionarse, como así ocurrió.
La Audiencia condena a cada uno de los acusados a penas que suman cuatro años y cuatro meses de cárcel por los delitos de lesiones agravadas, detención ilegal y contra la integridad moral, así como a indemnizar al perjudicado, de forma conjunta, con 14.600 euros, de los que unos días antes del juicio habían consignado doce mil.
Al desestimar la solicitud de suspensión de la pena de prisión -a la que el fiscal no se había opuesto-, el tribunal comenta que “los hechos denotan un nivel de indiferencia hacia el sufrimiento ajeno que, entendemos, resulta incompatible con cualquier expectativa favorable a los acusados en cuanto a la futura comisión de nuevos delitos”.