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Jerez

Aprobada la Ordenanza de Protección y Tenencia de Animales

El texto recoge que las sanciones por la no retirada de los excrementos de perro en la vía pública podrán cambiarse por trabajos de recogida de los mismos

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La sesión plenaria ordinaria, celebrada hoy, presidida por la alcaldesa María José García-Pelayo, ha aprobado con los votos afirmativos del PP y las abstenciones del resto de los grupos políticos, la adaptación de la Ordenanza sobre Protección y Tenencia de Animales de Compañía y Potencialmente Peligrosos en el término municipal de Jerez, realizada por los técnicos de la Delegación de Medio Ambiente. A continuación, el texto adaptado será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y, después de un  plazo de presentación de alegaciones deberá ser aprobado definitivamente en sesión plenaria, quedando desde ese momento,  derogado el texto anterior, que data de 2000.

La delegada de Medio Ambiente y Deportes, Felisa Rosado  ha manifestado en su intervención plenaria que la mencionada Ordenanza “necesitaba una adaptación urgente, ya que el texto  en vigor data del año 2000 y, por lo tanto está totalmente obsoleto y con una carencia importante de normativas que han ido surgiendo a lo largo de estos trece años”. Asimismo, ha resaltado que “las nuevas ordenanzas introducen temas muy necesarios y sensibles, como los perros sueltos en los parques y toda la nueva normativa surgida de animales peligrosos, y aporta, entre otros asuntos, una iniciativa que persigue la concienciación ciudadana en cuanto a la recogida de excrementos de mascotas en la vía pública y zonas verdes”.  “Recoge un capítulo sobre la ejecución alternativa de sanciones económicas, a través del trabajo en beneficio de la comunidad, en cuanto al depósito de excrementos de animales en la vía pública. De esta manera se actúa sobre un problema que preocupa a muchos ciudadanos y, por otra parte, ofrecemos alternativa a la sanción económica. Esta iniciativa pretende también que los sancionados se conciencien de las molestias que causan a la comunidad y colaboren para mantener la calidad de vida de  sus vecinos”, ha señalado la delegada.

Rosado ha manifestado sobre el punto anterior que “ni tenemos afán recaudatorio ni queremos perjudicar el bolsillo de los ciudadanos, lo que queremos es concienciar de un problema y buscar una alternativa. Lo que no podemos es cruzarnos de brazos y no hacer nada cuando los vecinos nos están pidiendo que se haga algo al respecto de forma inmediata”. Asimismo, ha resaltado que “esta idea ha surgido escuchando las numerosas peticiones de distintos colectivos de la ciudad preocupados por el incremento de excrementos de perros en nuestras calles y plazas, así como por las numerosas denuncias presentadas de forma continua en la Delegación”.


La no recogida inmediata de los excrementos evacuados por el animal de compañía en las vías públicas, viene tipificado en la Ordenanza, como infracción leve y conlleva una sanción de 75 a 500 euros y el Ayuntamiento podrá sustituir la sanción de multa por la participación en actividades cívicas u otros tipos de trabajos en beneficio de la comunidad. Esta alternativa será de aplicación para aquellas personas mayores de 14 años. La realización de trabajos en beneficio de la comunidad estarán enmarcados dentro de la educación, resocialización y concienciación de la ciudadanía, que el Ayuntamiento de Jerez establece a tal efecto. Se incidirá en la limpieza de la vía pública, parques y jardines, mediante la recogida de las deposiciones efectuadas por los animales en todos estos lugares. La participación en la realización de trabajos para la comunidad será adoptada con el consentimiento previo del interesado. Los menores de 14 a 17 años deberán aportar un escrito de autorización paterna para acogerse a esta alternativa.

La jornada de trabajo en beneficio de la comunidad tendrá una duración de 4 horas cada una, y su correspondencia con la sanción será: Cada 30 euros de sanción se condonará por 4 horas de trabajo. La ejecución de las jornadas estará regida por el principio de flexibilidad, para hacer posible el normal desarrollo de las actividades diarias del sancionado con el cumplimiento de los trabajos, y se tendrán en cuenta las cargas personales y familiares del sancionado. En la ejecución de esta iniciativa se contará con el apoyo de la Policía Local.

Objetivos de la Ordenanza:

El objetivo de la Ordenanza es regular todos los aspectos relativos a la protección, tenencia, y venta de los animales de compañía, armonizando la convivencia de los mismos y las personas con los posibles riesgos para la sanidad ambiental, la salud, la tranquilidad ciudadana y la seguridad de personas y bienes. Para ello fija las atenciones mínimas que han de recibir los animales en cuanto a trato, higiene y cuidado, protección y transporte, y establece las normas sobre su estancia en establecimientos especializados, atención sanitaria, comercialización y venta.

También regula el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, contemplando la sujeción a Licencia, condiciones generales de la tenencia y régimen de registros. Se considera perros potencialmente peligrosos los ejemplares de  las siguientes razas: Pit bull terrier, Staffordshire bull terrier, American Staffodshire terrier, Rottweiler, Dogo argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu, Akina Inu y Doberman.  Asimismo, aunque no se encuentran en esta relación serán considerados perros potencialmente peligrosos todos aquellos que manifiesten un carácter marcadamente agresivo y que hayan sido objeto de  al menos una denuncia.

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