Se trata de la cuarta reforma de la legislación de extranjería en España en menos de una década. Comenzó su andadura el pasado 26 de junio, cuando el Consejo de Ministros dio luz verde al anteproyecto de modificación y ordenó su tramitación por vía de urgencia.
A partir de hoy, el Ejecutivo cuenta con seis meses de plazo para aprobar el Reglamento que la desarrolle y de forma a las principales novedades de la ley, que son las siguientes.
Si bien se amplía el plazo máximo de retención, se incrementarán las garantías sobre estas instalaciones policiales que dependen del Ministerio del Interior.
La nueva ley impone que tras el ingreso en el CIE por orden judicial, otro juez velará por el respeto a los derechos fundamentales de quienes están internados.
Además, se permitirá el acceso de las ONG a los centros y su funcionamiento será regulado y definido por un reglamento específico, hasta ahora inexistente.
En cuanto a la reagrupación, a partir de ahora los inmigrantes que hayan renovado su permiso de residencia inicial podrán reagrupar a su cónyuge o pareja (acreditada) y a los hijos menores de 18 años.
Sin embargo, deberán llevar más de cinco años residiendo legalmente en España para traer a sus padres y demás familiares en grado de ascendencia, siempre que estos tengan más de 65 años de edad y existan razones que lo justifiquen.